Gente, acudo a ustedes por un caso que me trae algunas dudas. Una persona (mi cliente), de profesión modista, puso toda su estructura empresaria (más de 20 empleados) a favor de otra empresa, en forma exclusiva. El objeto de la relación era la confección, por parte de mi cliente (locadora) de las prendas de vestir que le requiriera la otra (locataria), quien las comercializaba con su marca. No existió contrato por escrito pero la relación comercial se prolongó durante más de cinco años. Un día la locataria rescinde unilateralmente el contrato, sin causa que lo justificara.
Necesito saber: CUÁL ES EL ENCUADRAMIENTO EXACTO DE LA RELACIÓN? Es locación de servicio o locación de obra? Pertenece a la gama de los nuevos contratos de colaboración empresaria?
Necesito encuadrar bien el contrato para realizar la pertinente intimación, reclamando los daños y perjuicios derivados de la rescisión intempestiva sin otorgar ningún plazo de preaviso.
Desde ya, muchas gracias.
Necesito saber: CUÁL ES EL ENCUADRAMIENTO EXACTO DE LA RELACIÓN? Es locación de servicio o locación de obra? Pertenece a la gama de los nuevos contratos de colaboración empresaria?
Necesito encuadrar bien el contrato para realizar la pertinente intimación, reclamando los daños y perjuicios derivados de la rescisión intempestiva sin otorgar ningún plazo de preaviso.
Desde ya, muchas gracias.
