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  • Planteo NULIDAD??

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 #534429  por Mariaola
 
Buenos días... antes que nada quiero agradecerles por el tiempo prestado al leer mi post.-
El tema que me tiene ocupada, más que preocupada, y no encuentro solución práctica en los libros, es que tengo que contestar un incidente de cesación de cuota alimentaria, independientemente de la contestación que pienso hacerle a dicho escrito, aportando pruebas, quiero plantear la falta de cumplimiento del artículo 177 del CPCC al iniciarse el incidente. Dicho artículo establece como requisito para la formación de un incidente, adjuntar al escrito inicial copia de la resolución que da origen al incidente, pero en este caso, no se cumplió con dicho requisito y solo se presentó *leo* el escrito. Mi duda es que puedo plantear para hacer notar esto? Tal vez un incidente de nulidad relativa? o qué?
En el caso de nulidad relativa: se contesta el incidente por un lado? y se plantea la nulidad por vía de incidente?
Cómo sería el caso?
Cualquier opinión y/o experiencia que puedan aportarme será de mucha utilidad!!

*leo*
 #534451  por chiqui79
 
mm, y que perjuicio de genera la falta de presentacion de dicha foja, porque los incidentes de nulidad requieran la prueba del perjuicio sufrido. Así lo ha manifestado la jurisprudencia, la nulidad por la nulidad misma no es procedente, los rigorismos formales no hacen a la esencia del proceso. Creo que en tu caso no veo el perjuicio sufrido.
 #534798  por chiqui79
 
y porque pide el cese??? cumplio la edad???? no estudia el menor???? porque se te complica, los alimentos no son definitivos en caso de los menores, no te rompas la cabeza con cosas que sabes que no tienen mucha vuelta y si el cese es juridicamente procedente, mas alla de que le hagas caer el incidente lo puede volver a presentar bien y listo, se entiende??? Recorda que en cuestion de familia nada es definitivo.
Mi humilde consejo... no pelees cosas sin sentido a sabiendas de que lo vas a perder porque despues los honorarios que te regulan si perdes igual son bajos y quien sabe si te lo pagan (porque la gente piensa que cuando perdes algo es tu culpa y si lo ganas es porque tenian derecho, por una u otra razon siempre retacean el pago), pero en las que tengas las de ganar arremete con todo.
Estas arrancando en la profesion??? si es asi paciencia, que ya llegaron los casos indelegables, urgentes y sustanciosos. No te detengan en cuestiones en que la solucion surge pristina de los hechos.
Suerte.