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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #534526  por NAOMI_NHO
 
LES COMENTO QUE UNA JUBI QUE INICIÉ UNA SEMANA ANTES DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA CIRCULAR, ME FIGURA "A LA ESPERA DE NUEVO MARCO LEGAL QUE LA COMPRENDA", EN UDAI LINIERS. A ALGUIEN LE PASÓ??
 #534537  por Lizzie
 
NAOMI_NHO escribió:LES COMENTO QUE UNA JUBI QUE INICIÉ UNA SEMANA ANTES DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA CIRCULAR, ME FIGURA "A LA ESPERA DE NUEVO MARCO LEGAL QUE LA COMPRENDA", EN UDAI LINIERS. A ALGUIEN LE PASÓ??
No, yo inicié justo el 5 de abril y me figura estado:15, en etapa de resolución. Veremossss.
Saludos.
 #534590  por DrGabriel
 
Hola a todos. Lei la circular, y encontre la parte q dice "IV.-Trabajadores de Servicio Doméstico Independientes con menos de 6 horas semanales:
Este cuarto grupo de trabajadores “independientes con servicios menores a 6 horas semanales”, podrán categorizarse como autónomos, dentro régimen general, o como monotributistas, en este caso dentro del régimen simplificado.
Para lograr la PBU deben previamente afiliarse y cotizar como trabajadores autónomos o como monotributistas y presentar el SICAM con el pago total de los aportes del período que pretenden computar.
Sin perjuicio de ello podrá invocarse el plan de facilidades de pago en cuotas establecido por la Ley Nº 24.476 por los períodos devengados con anterioridad a 10/93.
.

Si yo pague desde 04/00 al 09/2004, 20+23, indicando menos de 6 horas por semanas, no deberia presentar nada mas que lo de siempre. O entiendo esta parte de la circular? Sobre todo comparandola con lo que le exigen a las otras 3 categorias que ahi figuran.
 #534615  por SIL_27
 
les cuento que a mi me citaron en un expte iniciado antes de la circular, para llevar el formulario de ddjj de servicio domestico, mañana lo voy a dejar y no tengo idea como completarlo, es decir el nombre del empleador, nose que poner.
A alguno le llego la citacion?
 #534630  por noelin
 
ACABAN DE INFORMARME DE ANSES EN UN CASO RECIBIDO ESTA SEMANA SOLO CON 102 Y 575, DEBO: COMPLETAR DECLJURADA, CONCURRIR TRABAJADOR Y DADOR DE TRABAJO A ANSES A FIRMAR DDJJ Y RECIBOS DE HABERES, BAJO APERCIBIMIENTO DE VERIFICACION.
 #534634  por Aimael
 
noelin escribió:ACABAN DE INFORMARME DE ANSES EN UN CASO RECIBIDO ESTA SEMANA SOLO CON 102 Y 575, DEBO: COMPLETAR DECLJURADA, CONCURRIR TRABAJADOR Y DADOR DE TRABAJO A ANSES A FIRMAR DDJJ Y RECIBOS DE HABERES, BAJO APERCIBIMIENTO DE VERIFICACION.
buen dato eso de bajo apercibimiento, querran decir q si los llevamos completos y firmados no verificarian?
 #534638  por hugo2
 
DrGabriel escribió:Hola a todos. Lei la circular, y encontre la parte q dice "IV.-Trabajadores de Servicio Doméstico Independientes con menos de 6 horas semanales:
Este cuarto grupo de trabajadores “independientes con servicios menores a 6 horas semanales”, podrán categorizarse como autónomos, dentro régimen general, o como monotributistas, en este caso dentro del régimen simplificado.
Para lograr la PBU deben previamente afiliarse y cotizar como trabajadores autónomos o como monotributistas y presentar el SICAM con el pago total de los aportes del período que pretenden computar.
Sin perjuicio de ello podrá invocarse el plan de facilidades de pago en cuotas establecido por la Ley Nº 24.476 por los períodos devengados con anterioridad a 10/93.
.

Si yo pague desde 04/00 al 09/2004, 20+23, indicando menos de 6 horas por semanas, no deberia presentar nada mas que lo de siempre. O entiendo esta parte de la circular? Sobre todo comparandola con lo que le exigen a las otras 3 categorias que ahi figuran.
Si pagaste 20+23 no pagaste menos de 6 horas ( eso es de 6 a 12 horas semanales )
 #534776  por DrGabriel
 
hugo2 escribió:
DrGabriel escribió:Hola a todos. Lei la circular, y encontre la parte q dice "IV.-Trabajadores de Servicio Doméstico Independientes con menos de 6 horas semanales:
Este cuarto grupo de trabajadores “independientes con servicios menores a 6 horas semanales”, podrán categorizarse como autónomos, dentro régimen general, o como monotributistas, en este caso dentro del régimen simplificado.
Para lograr la PBU deben previamente afiliarse y cotizar como trabajadores autónomos o como monotributistas y presentar el SICAM con el pago total de los aportes del período que pretenden computar.
Sin perjuicio de ello podrá invocarse el plan de facilidades de pago en cuotas establecido por la Ley Nº 24.476 por los períodos devengados con anterioridad a 10/93.
.

Si yo pague desde 04/00 al 09/2004, 20+23, indicando menos de 6 horas por semanas, no deberia presentar nada mas que lo de siempre. O entiendo esta parte de la circular? Sobre todo comparandola con lo que le exigen a las otras 3 categorias que ahi figuran.
Si pagaste 20+23 no pagaste menos de 6 horas ( eso es de 6 a 12 horas semanales )
Tenes razon hugo, no dije nada.
PD: los insultos de las clientas como si fuese culpa nuestra (para sicam y pagos hechos antes del 5/4,pero con turno posterior) me estan cansado un poco...
 #534786  por NORMA
 
NAOMI_NHO escribió:LES COMENTO QUE UNA JUBI QUE INICIÉ UNA SEMANA ANTES DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA CIRCULAR, ME FIGURA "A LA ESPERA DE NUEVO MARCO LEGAL QUE LA COMPRENDA", EN UDAI LINIERS. A ALGUIEN LE PASÓ??
El 6 de abril presentè jubilaciòn con SDM en Flores,no la pude iniciar porque me faltaba la firma del dador de trabajo en los 102 .Dia 12 de abril presento la jubilaciòn ,la iniciadora me comenta que `quedarà a la espera de un nuevo marco legal,ya que tienen que modificar el SICA,porque de ahì surgirà si va a verificaciòn o no.Al consultar en què estado està ,veo que tiene còdigo 15. *flor* ...y me devolviò los formularios 575.
 #535618  por Lic
 
BUENAS TARDES. EN DEFINITIVA, PARA INICIAR PAGANDO SDM $20 Y$23, TENIENDO EMPLEADOR QUE SE PRESTE EN CASO DE VERIFICACION, NO HABRIA PROBLEMAS ¿NO? GRACIAS.
 #535638  por PBU
 
Hola soy de Rafaela, provincia de Santa Fe, una pbu que iniciè la semana pasada en la que me pidieron que acompañe 102 cumplimentado (la parte del recibo), nota del titular denunciando donde trabajò, y los pagos del 575, me fue acordada en el dìa de ayer.
Ahora estàn pidiendo ademàs de todo eso, el anexo I
Saludos
 #535761  por lgaray
 
noelin escribió:ACABAN DE INFORMARME DE ANSES EN UN CASO RECIBIDO ESTA SEMANA SOLO CON 102 Y 575, DEBO: COMPLETAR DECLJURADA, CONCURRIR TRABAJADOR Y DADOR DE TRABAJO A ANSES A FIRMAR DDJJ Y RECIBOS DE HABERES, BAJO APERCIBIMIENTO DE VERIFICACION.
NADIE LEYO LO QUE POSTEA NOELIN ??????

NOELIN: CITARON A LAS DOS A FIRMAR ??????????[/
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 #535762  por lgaray
 
NOELINNNN !!!!!
 #535766  por inesla
 
lgaray escribió:
noelin escribió:ACABAN DE INFORMARME DE ANSES EN UN CASO RECIBIDO ESTA SEMANA SOLO CON 102 Y 575, DEBO: COMPLETAR DECLJURADA, CONCURRIR TRABAJADOR Y DADOR DE TRABAJO A ANSES A FIRMAR DDJJ Y RECIBOS DE HABERES, BAJO APERCIBIMIENTO DE VERIFICACION.
NADIE LEYO LO QUE POSTEA NOELIN ??????

NOELIN: CITARON A LAS DOS A FIRMAR ??????????[/
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hola lgaray, si vamos informando las udais, probablemente haremos una guía de qué pide c/u. Cómo sabemos c/udai tiene su interpretación aparte, de la circular. Por otra parte el tema es aceptar o no la retroactividad de las normas, lo cuál es para decirlo moderamente, ESCANDALOSO!!!! sds
 #535771  por hugo2
 
lgaray escribió:
noelin escribió:ACABAN DE INFORMARME DE ANSES EN UN CASO RECIBIDO ESTA SEMANA SOLO CON 102 Y 575, DEBO: COMPLETAR DECLJURADA, CONCURRIR TRABAJADOR Y DADOR DE TRABAJO A ANSES A FIRMAR DDJJ Y RECIBOS DE HABERES, BAJO APERCIBIMIENTO DE VERIFICACION.
NADIE LEYO LO QUE POSTEA NOELIN ??????

NOELIN: CITARON A LAS DOS A FIRMAR ??????????[/
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Seguro que se trata de esos casos que se presentaron bajo insistencia sin acompañar la documentacion o estaban los 102 incompletos.
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