Hice una sucesión de la cual tengo la declaratoria que nombra al conyugue superstite y a sus hijos. El padre quiere ceder a sus hijos su parte con reserva de usufructo para evitar su futura sucesión. Que conviene hacer, cesión por instrumento publico y presentarlo en el expte de la sucesión para inscribir la declaratoria y la cesión todo junto? o se puede hacer cesión privada en el expte e inscribir todo junto?
en el estudio donde estoy me dicen que es casi lo mismo, pero que depende del tribunal, si te aceptan la cesión privada la homologas y listo. Pero algunos juzgados no la aceptan y la tenes que llevar por instrumento público.
Consulta en el tribunal
saludos
