Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SDM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #530684  por andrea1982
 
varelamariac escribió:Y EN LA JUSTICIA DECIS INVENTÉ EL DADOR DE TRABAJO

Exactamente eso es lo que venga diciendo hace rato, arman tanto lio por gente que quizás nunca trabajó en servicio doméstico.
Quieren ir a los medios, abrazar anses y no sé cuantas cosas, podés patalear por alguien que siempre trabajó como empleada doméstica si se ve perjudicada, pero tampoco podés discutir demasiado cuando la persona no trabajó, pero parece que a algunos les cuesta mucho entender eso ( y antes de leer cualquier pavada la actividad "ama de casa" existe, y el aporte es mas alto que SDM)

Me parece que el problema de esta persona, que acusó a los demás de querer quedarse con el trabajo, es que le importa más cuidar su bolsillo que los derechos de su cliente, ahora corre riesgo de que le cierren el kiosquito, y en vez de preocuparse por no meter en un lio a su cliente, se preocupa más por ir a la "justica" y reclamar porque le dificultaron un poco el trámite.

Yo me los imagino en el juzgado diciendole al juez "Que barbaridad, ANSeS no me deja mentirle, y ahora tengo menos trabajo"

Coincido con Hugo.
No le demos bola a gente que nunca entra.
 #530707  por hugo2
 
ROXANA77 escribió:Hola a todos
pregunto sin ánimos de molestar a nadie solo con la intención de entender , es necesario poner en el f 102 en donde dice monto de la retribución 100 o 200 ( en mi caso ,compre sdm desde 4/2000 al 03/2002) yo antes siempre puse $ 20,-
Saludos y Paciencia *suerte*
roxana77
Pesos 20, cuanto trabajaba la sra, una hora al mes ?????
ROXANA, 20 pesos es lo que tenes que pagar en el 102 no sueldo.
Estamos en el horno.
 #530782  por ROXANA77
 
hola hugo2
yo hice los aportes como se hacian con la 57/08 ,$20, cuando la señora trabaja mas de 6 horas pero menos de 12 hs y complete con el formulario 575( $23 ), el tema es que tengo que volver a hacer los formularios 102 y si bien pague la obligacion mesual de $20 ,que monto deberia poner en donde dice monto de la retribucion
y en cuanto que estamos en el hono, en mi opiñon con Anses vivimos en el horno :lol:
saludos
roxana77
 #530785  por hugo2
 
ROXANA77 escribió:hola hugo2
yo hice los aportes como se hacian con la 57/08 ,$20, cuando la señora trabaja mas de 6 horas pero menos de 12 hs y complete con el formulario 575( $23 ), el tema es que tengo que volver a hacer los formularios 102 y si bien pague la obligacion mesual de $20 ,que monto deberia poner en donde dice monto de la retribucion
y en cuanto que estamos en el hono, en mi opiñon con Anses vivimos en el horno :lol:
saludos
roxana77
Pero roxana, ya publicaste la retribucion 100 o 200 pesos esta perfecto. ( ojo siempre que se trate de los años 2000 al 2004)
 #530798  por ROXANA77
 
si tenes razon hugo, es que ya estoy re mareada con todo esto , creeo que despues de esto me internan por pico de estres o locura
muchas gracias
*suerte* saludos
roxana77
 #530819  por Alejandra Radua
 
Recién llego de Udai Montserrat y me comentó una iniciadora que los que abonen $ 43.- deben completar los Fomr. 102 (con datos de dador), aportes en Sipa y Anexo. Que NO VAN a verificación (los cargan con un código que no verifican).
Los que abonen $55 SÍ VERIFICAN.
 #530829  por gabita
 
[mira yo fui a monserrat el dia martes y me dijieron que al dia ese no lo verificaban mientras este completo, pero que eso es en el dia porque ellos se enteraron de la cicurlar 16/10 el dia lunes mismo que entro en vigencia no es muy confiable
 #530840  por lauchina
 
Inicié en Urquiza, con meses de aportes sdm extemporáneos. Presente ddjj anexo I ,102 f completo con dador de trabajo y firma, me devolvieron el recibo firmado por el trabajador al que adjuntaré ticket que había retenido para empleador.Había pagado el 31/3, los aportes aparecían en SIPA. Me dijeron que iban a verificar.
 #530858  por drca
 
Hola. Soy nuevo en el foro. Alguien sabe cuanto es el importe de retribución a detallar para años posteriores al 2004?. Gracias.
Miguel Ca.
 #530881  por alejandra01
 
hugui. vos sos uno de los más metidos en este tema desde que se inició todo lo de la circular. Yo realmente la leo, y veo que en el caso de 43 presento requisitos esenciales y listo. En pagos de 43 no hay libreta de trabajo ni obra social...Si hay verificación y la pasa,( y obvio que la va a pasar porque no voy a poner un dador falso- si es o no falso dirá que fue dador igual), la tienen que aprobar. Pero encuentro que la redacción de las circulares de anses son horrorosas: quien las redacta???. huguito moyano es más claro. Encima sale la aclaratoria y dice lo mismo que la circular...y entendí leyendola que si la gerencia quiere va a verificación, y si no quiere la aprueba. O sea, para mí, dice que la udai aprueba si se le canta, y sino, no la aprueba. Me equivoco?. No dice nada en concreto. Son un desastre las redacciones y las explicaciones en lugar de aclarar oscurecen. Van a salir más aclaratorias de este tema...ya van a ver. Porque ni ellos las entienden... *flor*
hugo2 escribió:Que tal pipi, creo que todavia no leiste la aclaratoria de la 16/2010. Talvez ahora le encuentres la vuelta y veras que no hay vuelta. :lol:
 #530910  por tincho_20
 
Alguien leyo las aclaraciones del 07/04 ???
Me parece a mi o lo que estan diciendo es q si se cumplen los puntos del a al d no se solicitara verificacion y se dara por aprobrado los servicios ?:
A - recibos de sueldo - formulario 102
B - tickets de aportes y contribuciones
C - El anexo 1
D - declarar los datos del empleador. nombre cuit domicilio etc...
 #530929  por lgaray
 
drca escribió:Hola. Soy nuevo en el foro. Alguien sabe cuanto es el importe de retribución a detallar para años posteriores al 2004?. Gracias.
Miguel Ca.

no lo sè, pero igual, mal momento para preguntar. :lol: :lol:
Entra en la pàgina de Afip, SDM y ahi figuran los perìodos y los montos
 #530945  por mafeci11
 
irigaray, podrias decirme en que parte de la pagina de la afip figuran los montos?
 #530956  por EDUARDO SUAREZ
 
tincho_20 escribió:Alguien leyo las aclaraciones del 07/04 ???
Me parece a mi o lo que estan diciendo es q si se cumplen los puntos del a al d no se solicitara verificacion y se dara por aprobrado los servicios ?:
A - recibos de sueldo - formulario 102
B - tickets de aportes y contribuciones
C - El anexo 1
D - declarar los datos del empleador. nombre cuit domicilio etc...
Creo que se refiere a la circular
a) Libreta de Trabajo (prueba no esencial) (art. 11 Decreto Ley Nº 326/56;
b) Recibos de Sueldo extendidos por el dador de trabajo (F 102 AFIP);
c) Constancias de Sindicato; 1
d) Certificado de Obra Social; 2
e) Tickets de aportes –
 #530963  por hugo2
 
tincho_20 escribió:Alguien leyo las aclaraciones del 07/04 ???
Me parece a mi o lo que estan diciendo es q si se cumplen los puntos del a al d no se solicitara verificacion y se dara por aprobrado los servicios ?:
A - recibos de sueldo - formulario 102
B - tickets de aportes y contribuciones
C - El anexo 1
D - declarar los datos del empleador. nombre cuit domicilio etc...
Te modifico un poquito tincho y es lo que me confirmaron los chicos de anses:
1 ) No van a verificacion quienes presenten las pruebas del a) al d ) es decir:
- a ) Libreta de trabajo
- b ) recibos de sueldo ( form 102 completo )
- c ) constancia de afiliacion al sindicato ( credencial )
- d ) Constancia de afiliacion a obra social ( carnet )

2 ) Los que presenten las pruebas esenciales ( recibos, tickets y anexo ) el sica pide verificacion
3 ) Los que no presenten ninguna de las pruebas no los reciben ni bajo insistencia.
Saludos.
  • 1
  • 40
  • 41
  • 42
  • 43
  • 44
  • 93