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  • Impugno consultor técnico???

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 #426479  por drclaudio22
 
hola! me paso lo siguiente: en juicio de daños y perjuicios, la demandada ofrece consultor tecnico, y este sin ver el expte. presenta informe que para nada me es favorable. El tema es el siguiente, lo impugno? porque da como ciertos algunos hechos que en nada estan acreditados en el expte. Además es perito accidentológico pero no esta matriculado en esta provincia (Corrientes), entonces por esto tambien puedo impugnar? puedo pedir que de explicaciones? creería que si, pero como no es perito de oficio, esta mi duda, saludos!!!
 #426567  por sole10
 
drclaudio22 escribió:hola! me paso lo siguiente: en juicio de daños y perjuicios, la demandada ofrece consultor tecnico, y este sin ver el expte. presenta informe que para nada me es favorable. El tema es el siguiente, lo impugno? porque da como ciertos algunos hechos que en nada estan acreditados en el expte. Además es perito accidentológico pero no esta matriculado en esta provincia (Corrientes), entonces por esto tambien puedo impugnar? puedo pedir que de explicaciones? creería que si, pero como no es perito de oficio, esta mi duda, saludos!!!
Estuve leyendo el Código Procesal de Corrientes y de allí surge (exactamente igual que en el CPCC de la Nación)que el consultor técnico no es parte;el art.458 del Cód.Procesal correntino establece:"...cada parte tiene la facultad de designa consultor técnico..."es decir,su designación y su informe no es vinculante para el caso en cuestión.
A su vez,el art.473 de Código citado dice que de la pericia se deberá dar traslado a las partes (el dictamen del perito oficial,digo)...y los consultores técnicos podrán observar lo que fuere pertinente (respecto del dictamen oficial)en la audiencia respectiva,pero si éstos (los consultores)no comparecieren a la audiencia de pedido de explicaciones,esa facultad podrá ser ejercida por los letrados (vos,por ejemplo).
Conclusión:los dictamenes que presenten los consultores técnicos no tienen el valor relevante como el del perito oficial,sólo pueden limitarse a pedir explicaciones de la pericia y si no concurren,las explicaciones las piden los letrados,entonces no podes "impugnar" (el Código correntino no prevee esta facultad)ni pedirle explicaciones por todo lo antes relatado.
 #426708  por enzo fernando costa
 
El dictamen del consultor técnico no es vinculante para el juez; el consultor técnico ya no reviste la ambigua personería del antiguo perito de parte, sino que es reconocido como un patrocinante técnico de la parte, con un rol parecido al del abogado patrocinante (sólo que con un bagaje de conocimientos científicos o técnicos en una rama específica del saber). Por ello tampoco puede ser recusado, al igual que no puede ser recusado un abogado de parte. Entiendo que podría ser objetada su intervención sólo en el caso de que no revistiera los requisitos formales del arte o ciencia en los que está llamado por su parte a opinar (no estar diplomado de médico, o de arquitecto, de ingeniero o de contador, etc.).
En mi criterio, amerita un capítulo aparte en el alegato de bien probado, atacando sus afirmaciones erróneas o escasamente fundadas (labor a cargo de tu propio consultor, si lo pusiste). Pero el verdadero informe, al que hay que pedirle todas las aclaraciones del caso, es el del perito único de oficio.
Durante muchos años he fantaseado con ver informar en audiencia, con presencia del juez y los consultores técnicos, al o los peritos (y ni te cuento si fueran del Cuerpo Médico Forense), pero creo que moriré sin haberlo vivido ni visto. Está visto que el Río de la Plata queda en el hemisferio Sur...
 #518226  por frankg5
 
enzo fernando costa escribió:El dictamen del consultor técnico no es vinculante para el juez; el consultor técnico ya no reviste la ambigua personería del antiguo perito de parte, sino que es reconocido como un patrocinante técnico de la parte, con un rol parecido al del abogado patrocinante (sólo que con un bagaje de conocimientos científicos o técnicos en una rama específica del saber). Por ello tampoco puede ser recusado, al igual que no puede ser recusado un abogado de parte. Entiendo que podría ser objetada su intervención sólo en el caso de que no revistiera los requisitos formales del arte o ciencia en los que está llamado por su parte a opinar (no estar diplomado de médico, o de arquitecto, de ingeniero o de contador, etc.).
En mi criterio, amerita un capítulo aparte en el alegato de bien probado, atacando sus afirmaciones erróneas o escasamente fundadas (labor a cargo de tu propio consultor, si lo pusiste). Pero el verdadero informe, al que hay que pedirle todas las aclaraciones del caso, es el del perito único de oficio.
Durante muchos años he fantaseado con ver informar en audiencia, con presencia del juez y los consultores técnicos, al o los peritos (y ni te cuento si fueran del Cuerpo Médico Forense), pero creo que moriré sin haberlo vivido ni visto. Está visto que el Río de la Plata queda en el hemisferio Sur...
Te cuento que por primera vez en mis 28 años de Perito, me han llamado a una Audiencia a dar explicaciones. Fue en el Juzgado nº12 en San Isidro, la jueza me pidió que explicara delante de todos, lo que había informado y tuve que explayarme en temas que eran extremadamente controvertidos. Discutimos, pero fue muy interesante ver cómo realmente quien está a cargo de la justicia en ese Juzgado estaba al tanto de todos y cada uno de las respuestas que había presentado e incluso en un momento me dijo, (yo había presentado un CD con las fotos, planos y con una planilla automática para que pudiera hacer la liquidación de medianería sin hacer demasiadas cuentas), si tengo que dictar sentencia lo voy a llamar para que me explique como usar la planilla de liquidación de medianería que presentó en el expediente... realmente me quedé asombrado, uno siempre pondera lo que nos vende Holywood, pero aquí hay mucha gente que también trabaja muy bien !!!
 #530545  por Sandraks
 
Hola frankg5!!!

Veo que manejas el tema de peritaje en obras y estoy teniendo una cuestión de la cual muy poco entiendo.
Te comento, soy abogada nueva en la profesión y hoy me toca ser mi propia abogada, ya que estoy teniendo un conflicto con un vecino.
El tema es asi... vivo en un edificio en un primer piso, que junto a otro departamento damos al fondo de un terreno donde hay construida una casa con un quincho al final, con el cual lindamos. De nuestro patios se levanta una pared de 15 cm. por 1, 10 mts. de alto la que considero medianera(lo que quiero que me aclares si o es). Del otro lado sobre el terreno del vecino esta el quincho con techo en declive, que es mas bajo que nuestra (supuesta) medianera y que junto a ella se ve otro espacio de 15 cm. que yo considero es su medianera.
Todo esto viene a razón de que pretende levantar s/ lo que yo considero mi medianera( mejor dicho del consorcio) un muro divisorio que llegue hasta 1, 80mts. porque dice q lo miramos, bla,bla,bla... y a nosotros nos privaría de la entrada de luz.

Mi duda en principio es ¿como determino si es una pared medianera, que es una pared medianera? porque él dice que el edificio( construido en los 70 y mucho antes que su vivienda) esta en infracción.

Yo tengo entendido que la pared medianera es de 30 cm. constituida por dos de 15 cm. cada una.

Te agradezco desde ya tu tiempo, y en espera de una pronta respuesta te envío mis más atentos saludos.

Sandra.
 #530584  por enzo fernando costa
 
Para Fankg5:
Es muy interesante tu experiencia personal (¡en 28 años!) sobre la inmediación y economía procesal puesta en marcha por esa jueza. Mis congratulaciones por esa excelente magistrada. Ojalá no siga siendo una excepción digna de asombro. Yo, en materia de praxis médica, y también con un cuarto de siglo en el tema, sigo sin verlo...
Te mando un cordial saludo: EFC
 #530900  por frankg5
 
enzo fernando costa escribió:Para Fankg5:
Es muy interesante tu experiencia personal (¡en 28 años!) sobre la inmediación y economía procesal puesta en marcha por esa jueza. Mis congratulaciones por esa excelente magistrada. Ojalá no siga siendo una excepción digna de asombro. Yo, en materia de praxis médica, y también con un cuarto de siglo en el tema, sigo sin verlo...
Te mando un cordial saludo: EFC
Otro magistrado para que nos pongamos contentos: la Dra. Gabriela A. Iturbide Jueza Nacional de 1º inst. en lo civil Juz nº 71, hace uso de una manera genial del sistema de despacho de escritos por correo electrónico y no solo actúa con una celeridad increible sino que encima, tiene la delicadeza de que cuando recibe el correo, te avisa automáticamente con un mensaje: "Recibido escrito xx/xx/xx Muchas gracias por utilizar este servicio. Atte. Gabriela A. Iturbide. Juez" Realmente hay gente que intenta cada vez trabajar mejor y se adapta a los tiempos... bienvenidos !
 #531081  por enzo fernando costa
 
Para Frankg5:
También me congratulo de esos casos de agilidad procesal. Pero volviendo al tema anterior (informe "in voce" del perito), me quedé pensando que es mucho más fácil que se ponga en práctica en un tema de ingeniería, que con uno de medicina. La razón es muy simple: los temas de ingeniería se plantean entre vecinos; a lo más entre una empresa constructora y un banco financiero; pero los temas médicos involucran grupos de presión muy poderosos, y tramas corporativas muy intrincadas con políticas. ¡Voilà la différence!
 #531846  por frankg5
 
enzo fernando costa escribió:Para Frankg5:
También me congratulo de esos casos de agilidad procesal. Pero volviendo al tema anterior (informe "in voce" del perito), me quedé pensando que es mucho más fácil que se ponga en práctica en un tema de ingeniería, que con uno de medicina. La razón es muy simple: los temas de ingeniería se plantean entre vecinos; a lo más entre una empresa constructora y un banco financiero; pero los temas médicos involucran grupos de presión muy poderosos, y tramas corporativas muy intrincadas con políticas. ¡Voilà la différence!
Enzo... cuando hay plata de por medio... no hay diferencia en las profesiones... estoy en un juicio por unos cuantos millones... una obra hidráulica... amigos del poder... amigos del $$$$... hay de todo como en Botica... y presiones ... es lo que sobra... el tema es quien se lleva la mejor tajada !!!Saludos !