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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #528290  por jakas
 
Hola a todos! Mi pregunta es la siguiente.. al llevar a cabo una pensión directa con moratoria (comprando los 30 años), si el causante no tenía afiliación en autónomos, hay una resolución de la carss que determina que hay derecho a pensión para la viuda pero sin aplicar ni declaración jurada (art. 3 ley 24476) ni cese ficto (art. 1 ley 25.321).. ahora bien, alguien podría decirme si el exceso de edad sí puede aplicarse?? o hay una restricción con respecto a este beneficio también?? desde ya muchísimas gracias!
 #528301  por fabidoc
 
El exceso de edad es aplicable. Ya que no es un beneficio.
 #639790  por AGDA
 
fabidoc escribió:El exceso de edad es aplicable. Ya que no es un beneficio.
Fabidoc: ¿también puedo computarle el exceso de edad en el caso de que siendo el causante aport irreg con dcho (12m dentro de los últimos 60m) sólo quiera completar hasta los 15 años?

Tengo la duda si puedo computarle el exceso en su totalidad, al 50% o si no corresponde aplicar art. 19 en estos casos. Gracias