Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SDM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #527008  por diegomdp
 
merysoto78 escribió:Leyendo las preguntas frecuentes de AFIP encontré lo siguiente:

"ID 11017413
Siendo dador de trabajo ¿tengo que solicitar el alta como empleador?
09/11/2009 12:00:00 a.m.

No. Los dadores de trabajo del personal de servicio doméstico, no son considerados empleadores del régimen general, por lo que no deberán solicitar el alta como tales.
Fuente: CIT AFIP"
Gracias ya lo sabia pero siempre es bueno tenerlo a mano por las dudas.
cambiando de tema y como la circular dice que cada jefe de udai decidira si va a mandar a verificar(aunque no es lo que dice el mail de fontdevila a las jefaturas regionales) me tome el atrevimiento de llamar a una parienta que a pesar de que vive a muchos km es jefa de udai, me comento que habian tenido una reunion el martes pero que de esto no hablaron nada me dijo si la baje la circular pero ni la lei vere el lunes con que me encuentro, segun ella y no tengo porque no creerle no vino todavia la bajada de linea de la regional, asi que por ahi cuando la bajen hacen lo que dice el mail que el encargado de controlar va a ser la gerencia de control y no lo que dice la circular que cada jefe podra poner una persona para mandar a verificar.
 #527010  por hugo2
 
Lucasberta escribió:Ya no hay diferencia entre pagar 55 o 43 ya que la pruebas que van a pedir son las mismas.
Estoy de acuerdo con Pipi, hay que poner empleadores fallecidos.
Si pones un empleador fallecido, quien va a atestiguar a favor de la persona, y va a ser muy facil para anses decir que la prueba es insuficiente.
 #527021  por Pipi
 
Te parece hugo?? Yo creo que si crea la duda.. porque fallecio! y alguien dice que trabajo, ya sea heredero o vecino.. no tienen porq darlo por no verificado!!!! Pensemos en las personas que realmente trabajaron... y que fallecieron sus dadores.. suele pasar cuando pagan SDM y cuidan abuelos! quien no tuvo un caso de ancianos fallecidos... y sdm despedida por ello!
Con esto de la verificacion comienza la dictadura jubilatoria ansesiana! jajaja Me rio para no llorar....
 #527022  por EDUARDO SUAREZ
 
hugo2 escribió:
Lucasberta escribió:Ya no hay diferencia entre pagar 55 o 43 ya que la pruebas que van a pedir son las mismas.
Estoy de acuerdo con Pipi, hay que poner empleadores fallecidos.
Si pones un empleador fallecido, quien va a atestiguar a favor de la persona, y va a ser muy facil para anses decir que la prueba es insuficiente.
COMPARTO
Si no hay voluntad de seguir con las SDM por parte de ANSES y bajan línea, no va a salir una sola acordada lamentablemente por más que le llevemos lo que pretendan.
Se podrá recurrir a la CARSS pero si el criterio es NO, va a ser NO, como dieron marcha atrás con respecto a las pensionadas que querian jubilarse en cuotas.
Quedarían los amparos, pero, no nos olvidemos que las SDM son truchas de origen.
Esperemos a ver cual es la intención de ANSES.
 #527026  por hugo2
 
Pipi escribió:Te parece hugo?? Yo creo que si crea la duda.. porque fallecio! y alguien dice que trabajo, ya sea heredero o vecino.. no tienen porq darlo por no verificado!!!! Pensemos en las personas que realmente trabajaron... y que fallecieron sus dadores.. suele pasar cuando pagan SDM y cuidan abuelos! quien no tuvo un caso de ancianos fallecidos... y sdm despedida por ello!
Con esto de la verificacion comienza la dictadura jubilatoria ansesiana! jajaja Me rio para no llorar....
Que tal pipi, yo estoy pensando lo mismo que EDUARDO, quieren terminar con SDM extemporaneo, en cuanto a la gente que realmente trabajo en servicio domestico y no les hicieron sus aportes oportunamente no creo que los viejos patrones o sus herederos se presten ahora a demunciar que la persona trabajo para ellos, en cuanto a buscar testigos que se tengan que presentar a dar fe de una relacion laboral complica de tal manera el tramite de las jubilaciones con sdm que en mi caso ya las voy olvidando, no tengo mas remedio que jugarme con quien ya pago y el resto esperar.
 #527027  por alfu
 
Coincido en que con empleador fallecido se va a complicar la cosa, no obstante tenemos que probar todas la vias hasta encontrar una que funcione y todos sigamos por ahi, coinciden?

Habria que estudiar bien las consecuencias de poner un empleador cualquiera, que riesgos puede tener. Voy a analizarlo con un laboralista.
 #527028  por ariel648
 
No estoy de acuerdo con poner dadores de trabajo fallecido, exigirán otras pruebas al respecto. Por lo que el mero fallecimiento del dador es insuficiente para acreditar la existencia del SDM.
 #527032  por ariel648
 
Y las consecuencias están a la vista: La Circular 16/10 y las pruebas que exigen para acreditar los aportes de SDM.
 #527034  por ROXANA77
 
Hola a todos
leí varias veces la circular , mas específicamente los tragadores de más de 6 horas y menos de 16 H, para mí la deferencia en 43 es que piden declarado dador de trabajo( en anexo 1 y 102) la verificación es opcional del jefe de udai y libretas , obrara social son opcionales también .
En mi caso particular siempre llene la parte de dador de trabajo y anexo1( y no fallecido) ,porque la udai en que presento en jodida , lo que nunca fue es a verificación
Yo pienso también que esto apunta, no a frenar jubilaciones sino pensiones y rti , no se olviden que hay varias pensiones que aún no han sido acordadas y deben necesitar de donde agarrarse
saludos y felices pascuas a todos
roxana77
 #527035  por fito657
 
Hola Hugo, el sdm extemporaneo si lo pagamos con los intereses resarcitorios en las JUBILACIONES, juridicamente tendría el mismo valor que el pagado en termino y no tendría sentido las pruebas y la verificación, el registro del aporte es la prueba, no hay posibilidades de fraude alguno. En cambio en en las PENSIONES Y RTI, los extemporaneos sobre todo posteriores al fallecimiento darían lugar a fraudes, pero en las jubilaciones no se justifica.

Si una persona aporta en termino pero no trabaja no vale igual?

Pero leyendo la 16/10 en las jubi en adelante tickets, anexo y dador en todas.
 #527038  por ariel648
 
Y porque ANSES en su momento recibía los formularios 102 de AFIP sin indicar el nombre del dador de trabajo?
En que norma sustentaba su comportamiento?.
 #527040  por Pipi
 
Yo opino lo mismo que Uds. lo hacen para cortar el tema de las jubis! eso no lo dudo! En mi caso, tuve dadores que han ayudado a sus empleadas a pagar años que no habian abonado, para ayudarlas a jubilarlas! y era cierto que trabajaban para ellas!!!!!!!!
 #527041  por celiaEsc
 
Es cierto Pipi: muchas de las señoras que tengo pendientes, con 59 /60, trabajaron en SDM, algunas van a tener el apoyo de sus ex patrones, pero a otra, que ya pagó algunas cuotas, no le quieren firmar, a pesar que trabajó 8 horas semanales.... ¿y qué va a hacer? saludos
 #527051  por EDUARDO SUAREZ
 
ariel648 escribió:Y porque ANSES en su momento recibía los formularios 102 de AFIP sin indicar el nombre del dador de trabajo?
En que norma sustentaba su comportamiento?.
En una decisión política, no legal.
 #527054  por ariel648
 
Entonces si es decisión política, debería revocar con este nuevo criterio todas las jubilaciones que se otorgaron bajo SDM. Y tiene las herramientas legales para hacerlo.
  • 1
  • 19
  • 20
  • 21
  • 22
  • 23
  • 93