Hola Colegas. Les comento que en un desalojo (en quilmes)salio sentencia, notifique al demandado y pedí el lanzamiento. El juez no proveyo nada sobre el lanzamiento y "previo a lo pedido" regulo honorarios para el primer abogado de la parte actora (5mil), para mí (segunda abogada de la actora, mil) y p/ el letrado del garante. Todo con más aportes e impuestos.
El proveído dice "notifiquese c/ transcripcion del art. 54 L 8904"
Pregunto:
1.-Qué cedulas tengo que hacer ?
2.-Yo tengo que notificarle los honorarios a los otros dos letrados ?
3.-Los honorarios del garante y sus aportes quien los tiene que pagar?
Alguien que sepa como sigue me puede explicar porque es mi primer desalojo y no se como sigo para el lanzamiento...
El proveído dice "notifiquese c/ transcripcion del art. 54 L 8904"
Pregunto:
1.-Qué cedulas tengo que hacer ?
2.-Yo tengo que notificarle los honorarios a los otros dos letrados ?
3.-Los honorarios del garante y sus aportes quien los tiene que pagar?
Alguien que sepa como sigue me puede explicar porque es mi primer desalojo y no se como sigo para el lanzamiento...
