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  • USUFRUCTO+COSECHA

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 #519380  por liza
 
Buenos días Colegas:
Necesito ver si alguien me puede clarificar el siguiente caso:
A un cliente la madre le dono un campo a su hijo reservándose el usufructo. En dicho campo se sembró soja. La madre (usufructuaria) fallece con posterioridad a la cosecha.
La pregunta es la siguiente: siendo que los frutos (soja) le correspondería a la usufructuaria y habiendo esta fallecido con posterioridad al levantamiento de la cosecha. El otro hermano y esposo de la usufructuaria tienen derecho a la parte proporcional de la venta de la soja? Sería de aplicaci{on el art. 2864 del C.C. (no me puedo dar cuenta). o quedan diréctamente para el que tenía la nuda propiedad.
Es urgente! hoy viene mi cliente y no se que decirle.
De corresponderle a los herederos de la usufructuaria como harían la carta documento intimando al otro hermano? Disculpa por mi ignorancia. Saludo a Ud.s muy atentamente.
 #522327  por liza
 
Por favor necesito una aclaración. A ver a los colegas con más tiempo en el ejercicio de la profesión que me puedan orientar al respecto de la inquitud formulada precedentemente. Algo deben saber.....Saludos.
 #522347  por BATUCHI
 
Mirá yo creo que al haberse la sra reservado el usufructo y, fallecido con posterioridad a la cosecha, lo producido entra en el acervo hereditario. Ella calculo habrá dispuesto de esa soja y estará guardada hasta venderse o ya prometida en venta...Igualmente creo que es herencia de todos y nada puede hacer el nudo propietario mas que percibir lo que le toque
 #523087  por liza
 
Gracias por responder. Bueno entonces voy a preparar un CD. Saludos. Atte. Liza