hola foristas. debo contestar un traslado de una citación a venta que hice sobre un bien embargado. la contestación dice que el inmueble fue adquirido con crédito hipotecario concedido por la Dirección General de Prestamos personales y con garantia real por decreto ley 5167/58 en el año 1974.
el expediente es por choque de mi actor ( moto) y el demandado _(automovil) . Ahora , el art. 5 del decreto dice q susbsiste inembargabilidad aunque se hubiere cancelado el crédito. ahora cuando embargamos el registro nunca mencionó que alguna inembarbilidad . ¿ cómo hago para contestar y hacer caer su postura ???
muchas gracias!!
el expediente es por choque de mi actor ( moto) y el demandado _(automovil) . Ahora , el art. 5 del decreto dice q susbsiste inembargabilidad aunque se hubiere cancelado el crédito. ahora cuando embargamos el registro nunca mencionó que alguna inembarbilidad . ¿ cómo hago para contestar y hacer caer su postura ???
muchas gracias!!
