Tengo un cliente al que le llegó una CD porque tiene, en la ciudad de Rosario, locales comerciales bajo una denominación “X”, muy confundible con la marca del remitente que es de Capital Federal. Lo intiman al cese del uso de la denominación comercial, cese en la venta y publicidad de los artículos que portan la marca, etc. Les informo que no vende artículos con su nombre, es simplemente el nombre del negocio que es bastante conocido y vende indumentaria “moderna” para mujeres.
Las dudas son las siguientes:
1) Mi cliente ha registrado la marca el 23/12/09 y hasta hoy no ha habido ninguna oposición.
2) La clase en la que se inscribió es la Nº 35 (publicidad y negocios), mientras que la requirente está inscripta en la clase 25 (Vestidos) y en la página del INPI dice “ropa interior, medias, tejidos de punto, confecciones en general.
Acepto sugerencias o recomendaciones porque no tengo ninguna experiencia en este tema y, desde ya, gracias por el tiempo cedido.
Las dudas son las siguientes:
1) Mi cliente ha registrado la marca el 23/12/09 y hasta hoy no ha habido ninguna oposición.
2) La clase en la que se inscribió es la Nº 35 (publicidad y negocios), mientras que la requirente está inscripta en la clase 25 (Vestidos) y en la página del INPI dice “ropa interior, medias, tejidos de punto, confecciones en general.
Acepto sugerencias o recomendaciones porque no tengo ninguna experiencia en este tema y, desde ya, gracias por el tiempo cedido.
