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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

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 #504820  por REINA2577
 
Hola soy nueva en el foro, y como abogada.
Tengo un par de casos de jubilaciones pero tengo muchas dudas para realziar los SICAM, no se si pueden ser o no por SDM o como.
Por favor alguien que me ayude.
Gracias
 #504871  por fabidoc
 
Tenés miles de post para leer, usá el buscador. Despues armá vos el Sicam y te daremos una mano. Pero tu pregunta es muy ambigua
 #504940  por samluc
 
A mi me cuesta un poco todavia acostumbrarme a todo esto siempre tengo miedo de meter la pata. Sicam se usa cuando la persona puede comprar por moratoria desde q cumplio 18 años hasta 09/93, quizas tamb tenga aportes q se deben c ontar tamb, c on esto debe sumar 30 años de aportes como pide la l ey, si no le ancanza compra años por sdm q se pagan $43 pesos al contado por mes q necesite. Espero haberte ayudado, sino subi algun caso practico y te ayudan. Saludos Samanta
 #504999  por FLORCITA73
 
REINA2577 escribió:Hola soy nueva en el foro, y como abogada.
Tengo un par de casos de jubilaciones pero tengo muchas dudas para realziar los SICAM, no se si pueden ser o no por SDM o como.
Por favor alguien que me ayude.
Gracias

hola:

Yo de Sicam no se mucho, pero en lo demas que pueda ayudarte, con mucho gusto.

saludos
 #508524  por REINA2577
 
Hola. Gracias por las respuestas.
Les detallo un poco más.
Tengo una señora que tiene fecha de nacimiento el 12/04/1949.
No tiene aportes ni en realción de dependencia ni como autónomo.
Tengo entendido que con la ley 24476, solo se puede comprar hasta 09/1993.
Tiene 7 años de declaración jurada y 6 meses de excedente de edad. O sea que tiene que compar 22 años y 6 meses
La situación de revista sería del 05/1967 al 10/1996
Y no me alcanza. Admás no sé como seguir, para hacer por ama de cas.
Si me ayudan se los agradecería.
 #508541  por javierbravo
 
no lei a fondo los datos que tenés, pero si te faltan años o meses podés comprar por sdm desde 4/2000 en adelante .Va por fuera de Sicam. Lo acreditas con el tiket de pago el día del turno en anses.
 #508699  por samluc
 
Por sicam tenes q comprar desde 05/67 a 09/93,lo q falta tenesq comprarlo por sdm al contado, con los formularios 102 $ 20 y formulario 575 $ 23 se retiran en afip se paga en pago facil, pero primero tenesq pagar esto y luego confeccionar el sicam, ahi pagas la 1 º cuota de la moratoria y despues sacas el turno en anses, llevando todo esto. Avisame si no comprendes bien.
 #515427  por javierbravo
 
Los formularios tambien lo podés bajar de internet desde la página de Afip en el link "formularios". Saludos
 #515508  por anasamanta
 
Hola

Por lo que lei en tu caso tene cuidado con el tema de la declaración jurada. Fijate cuando es el ultimo año de aportes al contado por SDM y toma ese año como art 38 porque ese sería el año de cese.
Suerte
 #559729  por REINA2577
 
La clienta vino ayer, y me dijo que realice la jubilación que ella la quiere. Con esto de que hay que declarar el empleador, me dijo que ella trabajó para un matrimonio que ahora no está en el país. Como hago?