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  • INSCRIPCION DE DH Y CESION DE DERECHOS

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 #504022  por mariasoledad
 
Hola!!! les escribo porque tengo el testimonio y oficio de una sucesiòn pero no se como es el trámite previo al ingreso en el registro de la Propiedad. Me dijeron que tengo que pedir un certificado catastral, una valuaciòn actualizada -para calcular las tasas- y pasar por rentas a abonar sellos, pero no tengo ni idea y en catastro no me informn nada, cuales son los pasos a seguir? estoy en La Plata...
 #504193  por mariferzara
 
Hola! tenés que hacer la cédula de relevamiento catastral efectuada por agrimensor.- Una vez hecha, pedís el certificado de catastro (antiguo administrativo nro.1), ahí te informan la deuda y valor fiscal, base de los sellados.- Ese certificado deberás presentarlo en ARBA para que te den el libre deuda (a este acto se le llama también "LIBERAR DEUDA").-
Tenés que poner en el testimonio y oficio una constancia de la valuación fiscal y actos a inscribir: en tu caso Declaratoria de Herederos y Cesión.-
La cesión la inscribís en el mismo oficio de la Declaratoria, pero debés referirte expresamente a ella con todos los datos como te surge de la escritura.-
Por la DH pagás un sellado de 4 por mil sobre el valor fiscal, que lo pagás en el Provincia.-
Tenés que pedir el sellado en concepto 33 "otros actos no especificado" y rezá para que te toque un cajero que te lo quiera hacer, .- El sellado va EN LA PRIMERA HOJA DEL TESTIMONIO.-
Por la cesión sé que también paga, pero no sabría decirte montos...hace mucho q no inscribo.-
Cualquier duda me preguntás. Saludos
 #504598  por mariasoledad
 
Ok, muchas gracias!! te hago una pregunta (bueno dos....):
1) La cedula de relevamiento catastral hay que hacerla igual con estado parcelario vigente? -porque una parte del inmueble se vendio en diciembre-

2) Al registo de la propiedad voy con el testimonio y el oficio (con el sellado de cuatro por mil pagado y constancia en el testimonio), ingreso el trámite y allí abono las tasa registrales propiamente dichas no? porque allí me dijeron que me cobran 60$ x causante, 15 $ x folio real y dos por mil de la valuaciòn fiscal de la parte cedida (o tres por mil si fuera urgente), esto es correcto?