Colegas:
se me ha presentado un caso delicado; y me planteo en estos momentos la duda mas importante, a mi entender, de mi corta carrera.
la mano viene asi:
tengo que iniciar una demanda de mala praxis medica contra un hospital publico, por un hecho dañoso acaecido hace cinco años aprox. se trata de mala atencion en un parto programado, que desencadena en secuelas graves para el bebé.-
pero no se si encararlo como responsabilidad contractual o extracontractual. ese es el problema.-
en general la doctrina se inclina en casos de mala praxis, como responsabilidad contractual. Pero hay fallos recientes de la corte suprema de Bs. As. que la toman como responsabilidad extracontractual siempre que se trate de hospital publico, sin mayores distinciones.
si fuese privado, no habria duda que es resp. contractual. Pero como es publico...
Aca hay consentimiento del paciente en recibir el tratamiento. Es gratuito, pero consentimiento al fin.
porqué la duda mas delicada?? : pues por la prescripcion de la accion. si es extracontractual, prescribio. sino, aun estoy a tiempo (salvo ley o doctrina administrativa que yo desconozca)
asi que cualquier ayuda con respecto a : responsabilidad del hospital publico, caracter contractual o extracont. de la misma y prescripcion que tengan para conmigo , sera bienvenida.-
saludos y espero sus respuestas
PD: soy de Tucuman, asi que puedo zafar todavia del fallo de bs.as....espero
se me ha presentado un caso delicado; y me planteo en estos momentos la duda mas importante, a mi entender, de mi corta carrera.
la mano viene asi:
tengo que iniciar una demanda de mala praxis medica contra un hospital publico, por un hecho dañoso acaecido hace cinco años aprox. se trata de mala atencion en un parto programado, que desencadena en secuelas graves para el bebé.-
pero no se si encararlo como responsabilidad contractual o extracontractual. ese es el problema.-
en general la doctrina se inclina en casos de mala praxis, como responsabilidad contractual. Pero hay fallos recientes de la corte suprema de Bs. As. que la toman como responsabilidad extracontractual siempre que se trate de hospital publico, sin mayores distinciones.
si fuese privado, no habria duda que es resp. contractual. Pero como es publico...
Aca hay consentimiento del paciente en recibir el tratamiento. Es gratuito, pero consentimiento al fin.
porqué la duda mas delicada?? : pues por la prescripcion de la accion. si es extracontractual, prescribio. sino, aun estoy a tiempo (salvo ley o doctrina administrativa que yo desconozca)
asi que cualquier ayuda con respecto a : responsabilidad del hospital publico, caracter contractual o extracont. de la misma y prescripcion que tengan para conmigo , sera bienvenida.-
saludos y espero sus respuestas
PD: soy de Tucuman, asi que puedo zafar todavia del fallo de bs.as....espero
