Hola a todos queria preguntarles acerca de lo siguiente:
Yo en una ejecucion de alquileres cuando inicie el juicio pedi el embargo y en el despacho me sacan en el despacho:
a lo peticionado en el pto. ix, previamente, cúmplase con lo previsto por el art. 209, inc. 2ø) del cód. procesal.- q es esto q transcribo debajo y no entiendo
2) que la existencia del crédito esté demostrada con instrumento público o privado atribuído al deudor, abonada la firma por información sumaria de dos (2) testigos.
Con la demanda acompañe el contrato de locacion cdo lo inicie y las cartas documento.
La demandada no se presento a reconocer firma el año pasado y el plazo para reconocerla se vencio . Nunca se presento nadie ni en este juicio ni en el desalojo. Solo hubo una comunicacion del patrociinio diciendo q la locataria les habia entregado la llave. Pero nunca se presento ni hizo la entrega en el expte.
1.Q pasa si la garante vendio el inmueble ????
2. Q tengo q hacer con esto q me pide el juzgado? (Art 209 inc 2 CPCC agradezco ayuda Adri
Yo en una ejecucion de alquileres cuando inicie el juicio pedi el embargo y en el despacho me sacan en el despacho:
a lo peticionado en el pto. ix, previamente, cúmplase con lo previsto por el art. 209, inc. 2ø) del cód. procesal.- q es esto q transcribo debajo y no entiendo
2) que la existencia del crédito esté demostrada con instrumento público o privado atribuído al deudor, abonada la firma por información sumaria de dos (2) testigos.
Con la demanda acompañe el contrato de locacion cdo lo inicie y las cartas documento.
La demandada no se presento a reconocer firma el año pasado y el plazo para reconocerla se vencio . Nunca se presento nadie ni en este juicio ni en el desalojo. Solo hubo una comunicacion del patrociinio diciendo q la locataria les habia entregado la llave. Pero nunca se presento ni hizo la entrega en el expte.
1.Q pasa si la garante vendio el inmueble ????
2. Q tengo q hacer con esto q me pide el juzgado? (Art 209 inc 2 CPCC agradezco ayuda Adri

