Primera usucapión, primer auto: "...librense oficios a juzgado federal con competencia electoral de la prov. de BS AS." , dónde es esto?? y luego me piden prestar aución juratoria para la anotación de la presente litis...mi cliente va al juzgado y ahi presta juramento?? le preguntan algo? luego que rpesta juramento, hago un oficio con la anotación de litis para presentar en el RPI?? Help!
Seguramente el oficio ordenado al juzgado federal.... tiene que ver con que no denunciaste el domicilio del titular dominial, siendo por ello que deberás requerir de aquél te informe si posee datos al respecto a fin de corrr traslado de la dda.
Respecto la caución juratoria que deberá prestar el actor, consultá (ya que seguramente es así) la deberá formular presentándose ante la mesa de entradas del juzg. (le hacen firmar sobre un sello que colocan y completan en el expte.-que lleve DNI). Seguramente, lo anterior es condición para la inscripción de la litis, por lo cual efectuado podrás librar el oficio (si está ordenado-lo firman en el juzg.). Suerte y a tu disposicion
