leandra escribió:A mi me paso con dos clientes, consultamos en la UDAI y nos dijeron que debia pagar las cuotas no descontadas, o sea las devengadas desde el inicio del tramite hasta el mes de enero, y que luego en febrero el descuento ya seria automatico. Asi hicimos, imprimimos los pagos a traves del sicam de cada cuota y cuando fuimos al banco con el cliente cobró todo el retroactivo y ahí mismo pagamos las cuotas hasta el mes de enero.
Por experiencia, este proceder me parece lo más acertado.
Recordar que a mediados de 2008 anses suspendió los beneficios por cuotas impagas; que eran aquellas superiores a $ 360 las que, por el importe, no venían descontadas del retro o del mensual y el beneficiario debía cancelarlas mensualmente con el f799 - del mismo modo que se procede hoy con las superiores a $ 600.
Afip permitía hasta 6 cuotas impagas y anses dijo: "tolerancia 0" y suspendió los beneficios. suspensión que levantó cuando la deuda quedó pagada.
Con las que no descontó en enero´10- especialmente del retro, que pueden ser varias -, pregunto: - Anses se hará cargo del error con alguna circular que diga que las cuotas que no descontó pasarán a ser las nros. 61 en adelante? - Si ocurre lo mismo que en 2008 a quién le reclamará n/cliente?
Habría que pedir en cada udai que lo den por escrito.