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  • PRORROGA JURISDICCION Y APLICACION CPCCN.

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 #492727  por labruna
 
FORISTAS Y JURISCONSULTOS:
Si en un contrato de alquiler se prorroga la jurisdicción a los Tribunales de CABA, y el inmueble objeto de ese contrato se encuentra en Pcia de bs. as. (más precisamente PILAR), la aludida próroga permite la aplicación lisa y llana del CODIGO PROCESAL DE LA NACION?????
La pregunta apunta a si se puede aplicar al caso - SE TRATA DE UN DESALOJO DE UN INTRUSO, YA QUE EL CONTRATO DE LOCACION SE ENCUEnTRA POR DEMAS VENCIDO - el instituto procesal del Desalojo abreviado del 684 bis CPCC.?
En caso de tramitar ante los Tribunales Pcilaes, se aplica el 676 bis
TANTE GRACIE