Hola,
Si das de baja el SICAM, pierde el retroactivo. Si se niegan a iniciar, yo que vos exigiría que te lo tomen BAJO INSISTENCIA (en ese caso, están obligados a tomarlo). Y si llegaran a denegarte el beneficio, podes recurrir ante la CARSS. Recordá que al presentar los F102, F575 y F399 estás presentando PRUEBAS para acreeditar el período. La resolución 524/2008 (que reemplaza a la 980) dice que en el caso de Servicio Doméstico, la mera aparición de los períodos invocados en SIJP son prueba suficiente, pero no excluyente. Lo lógico sería que te lo inicien y en todo caso quede sin resolver hasta que AFIP haya realizado la reimputación. Saludos y SUERTE!!!
TINO