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  • Rechazo inicio de tramite: pagos SDM mal imputados.

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #488508  por corchito
 
En este caso el SICAM ya está armado se pagó la 1º cuota que vence el 22/01/2010, al hacer este reclamo puedo pedir turno y presentar todo con lo que me den en afip del inicio de reclamo por esa mala imputación? me sirve? lo quiero preparar ahora porque me tomo unas vacaciones...
 #488531  por tinito2008
 
Según la UDAI donde presentes, pueden tomarte el tramite con la sóla presentación de los F399 o pueden exigirte que AFIP haya reimputado los pagos. Te conviene asegurarte que la reimputación se haya efectivizado antes de aceptar el turno. Eso lo haces llamando al 130 o pidiendo sábana nuevamente en ANSES. Para no pasarte de los 45 días hábiles administrativos desde la liquidación SICAM (para conservar el retroactivo) y que no se produzca el vencimiento de una nueva cuota de la moratoria podes pedir el turno en la página de ANSES y lo rechazas todos los días hasta que los pagos te aparezcan reimputados. Los F399 los tenes que completar uno por cada tiquet de pago, en RUBRO I pones los datos que surgen de los tickest y en RUBRO II a que queres imputar dichos pagos. Suerte!!
 #491279  por corchito
 
El viernes pasado fui con mi cliente a la afip y fui muy bien atendida, me pidieron los f. 399 original y una copia, la multinota no, fotoc. de DNI y de los tickets. Me advirtieron que le comunique al cliente la demora en este reclamo y la empleada me dijo que solo en 2 udai te toman el expediente con el reclamo en trámite...ojalá sea la que a mi me toca, mañana tiene turno mi cliente en UDAI...lo que yo pensé en hacer sies que no le toman el inicio, es darle de baja al sicam...el cumple en abril y tendría unos meses de exedente de edad extra....que opinan!!!
 #491351  por tinito2008
 
Hola,

Si das de baja el SICAM, pierde el retroactivo. Si se niegan a iniciar, yo que vos exigiría que te lo tomen BAJO INSISTENCIA (en ese caso, están obligados a tomarlo). Y si llegaran a denegarte el beneficio, podes recurrir ante la CARSS. Recordá que al presentar los F102, F575 y F399 estás presentando PRUEBAS para acreeditar el período. La resolución 524/2008 (que reemplaza a la 980) dice que en el caso de Servicio Doméstico, la mera aparición de los períodos invocados en SIJP son prueba suficiente, pero no excluyente. Lo lógico sería que te lo inicien y en todo caso quede sin resolver hasta que AFIP haya realizado la reimputación. Saludos y SUERTE!!!
 #491617  por corchito
 
Hoy mi cliente se presentó y le recibieron todo, le dijeron que en unos 6 meses estaría cobrando su jubilación. Estaba muy contento, creíamos que no lo aceptarían por lo que dijeron...la UDAI es la de José C.Paz ...y yo que no le tenía nada de fe. Así que los colegas de la zona sepan que te aceptan el expediente con el reclamos en tramite. Gracias por la ayuda!!!!