Hola cuando se dice que la confesión debe recaer sobre hechos personales o de su conocimiento, en este último caso se refiere en cuanto al conocimiento que a través de su actuación personal pueda haber adquirido de hechos ajenos resultando irrelevante que haya participado del mismo?
No me queda claro el alcance que debo darle a las palabras de su conocimiento.
Otra duda, si mi cliente es citado a absolver posiciones, puedo yo una vez terminadas las mismas, hacerle preguntas a mi cliente? En caso de ser así, esas preguntas deben guardar relación con las formuladas en el pliego? Y por ultimo
Las preguntas reciprocas, que alcance tienen? Saludoss
No me queda claro el alcance que debo darle a las palabras de su conocimiento.
Otra duda, si mi cliente es citado a absolver posiciones, puedo yo una vez terminadas las mismas, hacerle preguntas a mi cliente? En caso de ser así, esas preguntas deben guardar relación con las formuladas en el pliego? Y por ultimo
Las preguntas reciprocas, que alcance tienen? Saludoss
