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  • ¿QUE TIPO DE DEMANDA??

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 #484347  por carola76
 
Colegas, este tema me compete a mi. sucede que con mi marido compramos un lote dentro de un barrio (o loteo como dice la escritura) el cual fue aprobado por la municipalidad, pero que a la fecha no cuenta con los servicios mínimos como alumbrado público, red de agua corriente, etc. exigidos por dicha municipalidad para aprobar dicho loteo. lo intimé al vendedor por CD dándole 10 días para que inicie los trabajos de instalación de dichos servicios. todavia estoy esperando ya sea una llamada por TE o una respuesta por escrita. como no pasa nada, quería iniciarle ya la demanda, pero ahi esta el tema, es una demanda ordinaria pero por qué?? y además en la demanda le embargaría algunos lotes. alguien me orienta que tipo de demanda?? desde ya muchas gracias. esta vez me tocó a mi...
 #484359  por cfg
 
Daños y perjuicios por responsabilidad contractual, creo que puede entrar por la ley del consumidor...
ARTICULO 1º — Objeto. Consumidor. Equiparación. La presente ley tiene por objeto la defensa del consumidor o usuario, entendiéndose por tal a toda per-sona física o jurídica que adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social. Queda comprendida la adquisición de derechos en tiempos compartidos, clubes de campo, cementerios privados y figuras afines.
ver el tema del daño moral (que gralmente. no se da en resp. contractual) en koenigsberg (o algo parecido) c. Almagro Construcciones
 #484373  por buscojusticia
 
Estimada colega,
Me parece que lo primero que tenes que tener claro es si queres iniciar la demanda por resolución contractual, o por cumplimiento contractual,
En ambos casos vas a poder pedir daños y perjuicios, siempre que los puedas demostrar, incluso daño moral como te aconsejo el colega.
Al margen de todo esto deberías ir a defensa del consumidor para que te digan si ellos pueden o no hacer algo, a primera impresión me parece que como dice el colega funcionaría pero no estoy al 100% seguro.
Espero te sirva de algo, saludos y felicidades
 #484376  por cfg
 
Sí entra, ahora estoy seguro: redacción anterior: ARTICULO 1º — Objeto. La presente ley tiene por objeto la defensa de los consumidores o usuarios. Se consideran consumidores o usuarios, las personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social:
a) La adquisición o locación de cosas muebles;
b) La prestación de servicios;
c) La adquisición de inmuebles nuevos destinados a vivienda, incluso los lotes de terreno adquiridos con el mismo fin, cuando la oferta sea pública y dirigida a persona indeterminadas.

La actual es todavía más abarcativa y en la anterior redacción ya estaban incluidos...
 #484652  por carola76
 
Gracias por responderme. demandaría por cumplimiento contractual. lo único que me resguarda es que en la escritura dice: "dos lotes en el Barrio ......, loteo aprobado por el presidente comunal ...." con eso bastaría para ingresar una demanda por cumplimiento contractual?? más daños y perjuicios y daño moral por todo lo que me hizo renegar ese señor?? gracias nuevamente.