Hola! Les escribo porque tengo una duda con un tema.
Resulta que hicimos acuerdo en Seclo pero en ese momento la empleadora no llevo la Certificaciòn de Servicios. Para no dilatar màs cerramos y en el acuerdo pusimos a secas que "la requerida se compromete a la entrega de los certificados de servicios a los cinco dìas hàbiles de la firma del acuerdo".
Los cinco dìas hàbiles han pasado y no tuvimos noticias.
Como sigo?
Mi idea es dejar pasar e iniciar el Seclo por la multa del art 80, pero mi miedo es que digan q estàn a disposiciòn en el domicilio del empleador. Pero en este caso, no serìa al revès? ya que el empleador deberìa haberlo llevado a la audiencia, y de hecho se comprometiò a la entrega.
Por otro lado, dejarìan pasar 30 dìas a contar desde la audiencia, o ya lo iniciarìan?
Espero respuestas ansiosa!!
Gracias!!!!
Resulta que hicimos acuerdo en Seclo pero en ese momento la empleadora no llevo la Certificaciòn de Servicios. Para no dilatar màs cerramos y en el acuerdo pusimos a secas que "la requerida se compromete a la entrega de los certificados de servicios a los cinco dìas hàbiles de la firma del acuerdo".
Los cinco dìas hàbiles han pasado y no tuvimos noticias.
Como sigo?
Mi idea es dejar pasar e iniciar el Seclo por la multa del art 80, pero mi miedo es que digan q estàn a disposiciòn en el domicilio del empleador. Pero en este caso, no serìa al revès? ya que el empleador deberìa haberlo llevado a la audiencia, y de hecho se comprometiò a la entrega.
Por otro lado, dejarìan pasar 30 dìas a contar desde la audiencia, o ya lo iniciarìan?
Espero respuestas ansiosa!!
Gracias!!!!
