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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

RTI

 #481078  por sils2005
 
HOLA A TODOS TENGO UN SEÑOR QUE QUIERE HACER UN RTI, TIENE APORTES HASTA EL 05/99 EN RELACION DE DEPENDENCIA UN TOTAL DE 10 AÑOS Y UNA PRESTACION POR DESEMPLEO HASTA EL 03/07/2000, NACIO EL 29/11/49 PUEDE HACER EL RETIRO YA QUE NO TENGO REGULARIDAD? SALUDOSsils2005
 #481124  por noelin
 
yo le haria aportar 12 messes y le completaria los 15 años con moratoria
 #481140  por NATALY
 
O BIEN LOS 18 MESES Y YA NO TENES QUE COMPRAR NADA, TIENE LA INCAPACIDAD?????????
 #481151  por noelin
 
SI ESO ES SEGURO, SIEMPRE Q NO LO CITEN AL PREOCUPACIONAL O SEA LA REVISION MEDICA PREVIA DE LOS MONOTRIB. CASI NUNCA PASA. A MI SE ME JUBIALRON VARIOS CON LOS 18 APORTES, SIEMPRE Q TENGAN PACIENCIA...
 #481493  por sils2005
 
el me dijo que tenia 20 años de aportes por lo tanto tengo que hacer una certificacion de servicios, si completo eso necesito tener regularidad o ya con los 15 años es suficiente?
Gracias.-
 #481557  por noelin
 
SI,CON 12 MESES TE ALCANZA
 #481594  por sils2005
 
comprar doce meses por sdm?
o cuando complete con la certificacion de servicios ya esta? porque el dejo de trabajar hace doas años, disculpa pero no la tengo tan clara todavia. saludos.-
 #481715  por noelin
 
15 años de aporte, 12 meses dentro de los ultimos 5 años LEE EL DECRETO 460/99, RES. 57/99 Y LAS INSTRUCCIONES DE TRABAJO DE ANSES POSTERIORES A ELLOS, AHI TE DA TODOS LOS CASOS, Y DESPUES TENES LA la Res.2017/06de AFIP expresa:
3. Pensión por fallecimiento de afiliado en actividad.
Si el causante, afiliado autónomo, no registra a la fecha de fallecimiento, el ingreso de sus aportes durante TREINTA (30) (3) de los TREINTA Y SEIS (36) meses anteriores a la misma (afiliado regular) o DIECIOCHO (18) meses dentro de los TREINTA Y SEIS (36) últimos (afiliado irregular con derecho), los derechohabientes podrán :
a) completar con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes del causante, afiliado autónomo. (aportante regular), o
b) los 15 años de servicios con aportes (aportante irregular con derecho), si el causante, afiliado autónomo, hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de
los 60 últimos con anterioridad a su fallecimiento
ES LO MAS PRACTICO PARA TENER EN CTA. SUERTE!!!!!!!!