Buanas tardes a todos. El tema lo planteé en otro post y no tuve respuestas. Les cuento : Una persona solicita un crédito personal en una de estas financieras " dudosas " ( el contrato al que haré referencia tiene sólo el nombre de la misma y el Nº de TE, no tiene número de CUIT ni página Web, por ej. ), la cual le solicita un " adelanto " , que se instrumenta de la siguiente forma ( precaria, por cierto ): " Yo, XX, abono la suma de $ X en concepto de honorarios y habilitación de crédito por $ XX, NO reintegrables en caso de desistir de la operación o no cumplir en su totalidad con los requisitos que solicite el inversor. Se deja constancia que se trata de un crédito con Aval Solidario, firmando mi garante pagarés y contrato de aval solidario ". La operación no se concretó, ya que esta persona no consiguió su avalista, y,obviamente,lo que le ofrecen a mi cliente, ante mi reclamo, es menos de la mitad de lo entregado ( cosa que me hace pensar que tienen un talón de Aquiles, sino me hubieran cerrado de plano dicho reclamo, sin dar lugar a ninguna negociación ). En el caso de que no arrimemos a una cifra que nos satisfaga, cómo empezaría a encuadrar la cuestión ? O no hay jurídicamente elementos a nuestro favor ( por eso la pregunta del título : Si firmó eso perdió ? ). No los abrumo con más cocas. Si con esto alguien me tira una sugerencia, agradecido. Después aportaré más datos. Gracias como siempre.
