Queridos colegas: mi consulta se refiere a una sucesión en provincia de Buenos Aires.
Como la propiedad es un departamento en un décimo piso, no se necesita llamar a un agrimensor ´según la ley 10707 para la agrimensura y cédula catastral. Mi pregunta está referida a si es necesario presentar de todas formas el certificado catastral al expediente. Gracias por su amabilidad y un fuerte abrazo.
Hugo Daniel
Como la propiedad es un departamento en un décimo piso, no se necesita llamar a un agrimensor ´según la ley 10707 para la agrimensura y cédula catastral. Mi pregunta está referida a si es necesario presentar de todas formas el certificado catastral al expediente. Gracias por su amabilidad y un fuerte abrazo.
Hugo Daniel
