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 #472608  por HUGODANIEL
 
Queridos colegas: mi consulta se refiere a una sucesión en provincia de Buenos Aires.
Como la propiedad es un departamento en un décimo piso, no se necesita llamar a un agrimensor ´según la ley 10707 para la agrimensura y cédula catastral. Mi pregunta está referida a si es necesario presentar de todas formas el certificado catastral al expediente. Gracias por su amabilidad y un fuerte abrazo.
Hugo Daniel
 #472962  por morita
 
Si la sucesión es en provincia, en principio no tenés que presentar el certificado catastral en el expte. sucesorio, eso lo va a tramitar el escribano eventualmente si luego se realiza alguna operación sobre el inmueble. Pero para la suecsión, los papeles que sí tenés que presentar respecto del inmueble son: título de propiedad, declaración jurada, informe de valuación fiscal emitido por catastro (no es lo mismo que el certificado catastral, ya que es mucho mas sencilo y barato) y los informes de dominio y de anotaciones personales expedidos por el Registro de la Propiedad.

Saludos!!