Hola a todos!! he obtenido la declaratoria de herederos de mi primer sucesión y se quiere hacer una cesión de derechos hereditarios. Conforme al Código Civil se debe hacer por escritura pública. A partir de la Declaratoria, qué pasos debo cumplimentar en el expediente para que el escribano pueda hacer la escritura? MUCHAS GRACIASSSSSS!!!!
lorenalaw escribió:Hola a todos!! he obtenido la declaratoria de herederos de mi primer sucesión y se quiere hacer una cesión de derechos hereditarios. Conforme al Código Civil se debe hacer por escritura pública. A partir de la Declaratoria, qué pasos debo cumplimentar en el expediente para que el escribano pueda hacer la escritura? MUCHAS GRACIASSSSSS!!!!Para realizar una cesión de derechos hereditarios,no hay mayores inconvenientes;a lo sumo deberás autorizar al escribano a examinar y/o retirar el expediente en préstamo para que verifique el dictado de la Declaratoria.
Personalmente he presentado cesiones de derechos en expedientes,donde el escribano no intervino para nada.

