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 #469451  por mariaameliamartin
 
Mi cliente quiere saber cuanto le va a salir la sucesión. Se trata de un dpto.,el 50% es de su propiedad (de mi cliente) y el otro 50% de su hermana ahora fallecida. Lo compraron a medias. Por su hermana es que necesito abrir la sucesión. (ella era soltera y sin hijos). ¿De donde saco el valor de dicho dpto.? Obtenido el valor, el porcentaje que va a tener en cuenta el juez lo va a calcular sobre el 50% del monto de ese inmueble o sobre el total? Además mi cliente (hermano de la causante) quiere que el mismo sea escriturado a nombre de sus hijos reservándose el usufruto. ¿Cuales son los pasos a seguir por mi y a donde comienza a actuar la escribana?.
Otra cosa, también hay una casa, la última en morir de la familia de mi cliente fue la madre, motivo por el cual abro la sucesión de la hermana y de la madre (de ambas a la vez) pero la misma está bajo usufruto de mi cliente, quiere que la casa pase a nombre de uno de sus hijos. El valor de esa casa también se va a tener en cuenta para la regulación en la sucesión? o directamente esa casa ya pasó al dominio pleno de mi cliente y no entra en el acervo por ese usufructo?
La útima, que pruebas tengo que aportar?
Teniendo en cuenta que tengo que pedir la declaratoria de herederos tanto de la hermana de mi cliente como de su madre.
Desde ya, muchas gracias!!
 #470402  por mangacha
 
Hola, sobre la suce de la hna, solo pagaria la tasa por el 50% que quiere inscribir el hno.
el valor lo sacas de una boleta de rentas. Para que el juez lo tenga en cuenta tenes que
hacerle la liquidacion sobre le 50% sino no entienden nada.
Una vez que tengas la declaratoria pedis la inscripcion, denuncias escibano y ante el haces la donacion y el usufructo.
A vos te toca hasta sacar la declataratoria, despues le toca a la escrib. hacer el resto.
calcula de gastos de escr tenes entre el 6 y el 10% del valor del bien.
En la sucesion se paga por cada bien que se denuncia e inscribe. asique si denuncias los 2 bienes
tendras que pagar el 1,5% de cada bien x tasa de justicia.
(a vos te favorece x el monto de regulacion de honorarios va en % del acervo total de la suce).
Que la madre (muerta) le haya dado el usufructo no quiere decir que este a nombre de el. tendrias que fijarte en el titulo de propiedad o en el Reg. Prop. Inmueble a nombre de quien esta el bien.
En tal caso, para la inscripcion de la casa de la madre tambien tenes que sacar declataroria y hacer lo mismo ante escrib. pero con la donacion a 1 hijo
Como pruebas tenes partida de defuncion de ambas, partida de nacimiento de tu cliente y de la hna.
boleta de rentas, fotocopias de escrituras (o denuncias que las tiene el escrib)
salute
mangacha