Muchas gracias Markello, si no es molestia, te comento bien y transcribo parete de la sentencia de camara mas o menos a ver que te parece:
ANSES deniega reajuste. LLega a Camara de apelaciones con sentencia definitiva de fecha 11/10/1994 en la cual:
*rechaza el planteo de inconstitucionalidad salvo respecto del art. 55 de la 18.037
* ordena a la caja de origen (INPS- caja nac de prec de la ins y com y act civiles.... asumo q hoy en dia es Anses?) a determinar el haber inicial de acuerdo al promedio mensual de remuneraciones (art 49 ley 18037) los cuales se computaran a valores consantes y seran actualizados desde cada mes a que correspondan hasta el de cesaion segun la variacion del indice del nivel general de las remuneraciones (art 53 ley 18.037). El haber inicial nunca podra ser inferior al efectivamente percibido y sobre la suma mayor se determinara la posterior movilidad, pagandose al reclamante las diferencias resultantes.
*a partir de la fecha del pronunciamiento y mientras sea de aplicacion la ley 18.037 los haberes se reajustaran en la forma señalada, cuando la diferencia entre el haber actualizado en el modo establecido en la sentencia y abonado al beneficiartio supere al 10% de acuerdo a lo aqui dispuesto.(este lo transcribi tal cual)
Luego anses interpone recurso extraordinario pero se lo deniegan xq no adjnto copia para el traslado de la demanda...pasa a la UCADEP y ahi termina todo, lo mandan a arhivo.
*********************
la verdad es q lo veo re complicado, me baje bastante informacion sobre tema reajustes para leer, pero parece un caso medio raro.....vos q decis???
en cuanto a lo q le reajustaron, como decis, si es cosa juzgada ya no puedo pedir que revean eso... si el tema de la movilidad, en tal caso como deberia hacerlo? eso se hace con el famoso calculo del bluecorp???
perdon tantas preguntas, es q sinceramente no estoy en el tema, y estoy tratando de empezar, asi q todo lo q comentan me viene genial
ANSES deniega reajuste. LLega a Camara de apelaciones con sentencia definitiva de fecha 11/10/1994 en la cual:
*rechaza el planteo de inconstitucionalidad salvo respecto del art. 55 de la 18.037
* ordena a la caja de origen (INPS- caja nac de prec de la ins y com y act civiles.... asumo q hoy en dia es Anses?) a determinar el haber inicial de acuerdo al promedio mensual de remuneraciones (art 49 ley 18037) los cuales se computaran a valores consantes y seran actualizados desde cada mes a que correspondan hasta el de cesaion segun la variacion del indice del nivel general de las remuneraciones (art 53 ley 18.037). El haber inicial nunca podra ser inferior al efectivamente percibido y sobre la suma mayor se determinara la posterior movilidad, pagandose al reclamante las diferencias resultantes.
*a partir de la fecha del pronunciamiento y mientras sea de aplicacion la ley 18.037 los haberes se reajustaran en la forma señalada, cuando la diferencia entre el haber actualizado en el modo establecido en la sentencia y abonado al beneficiartio supere al 10% de acuerdo a lo aqui dispuesto.(este lo transcribi tal cual)
Luego anses interpone recurso extraordinario pero se lo deniegan xq no adjnto copia para el traslado de la demanda...pasa a la UCADEP y ahi termina todo, lo mandan a arhivo.
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la verdad es q lo veo re complicado, me baje bastante informacion sobre tema reajustes para leer, pero parece un caso medio raro.....vos q decis???
en cuanto a lo q le reajustaron, como decis, si es cosa juzgada ya no puedo pedir que revean eso... si el tema de la movilidad, en tal caso como deberia hacerlo? eso se hace con el famoso calculo del bluecorp???
perdon tantas preguntas, es q sinceramente no estoy en el tema, y estoy tratando de empezar, asi q todo lo q comentan me viene genial
