Hola a todos. Quisiera consultar si puedo cancelar una moratoria por ley 25865, sin pagar, a fin de iniciar jubilación por ley 24476. Hasta ahora no pude hacerlo salvo casos excepcionalisimos (agencia 063 de Adrogué), pero tengo entendido por lo que me dijo un colega que ahora hay una resolucion interna nueva de AFIP que lo permite.
Gracias a todos por su ayuda.
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