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  • CANCELACION MORATORIA 25865

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #394288  por mirtalucia
 
Hola a todos. Quisiera consultar si puedo cancelar una moratoria por ley 25865, sin pagar, a fin de iniciar jubilación por ley 24476. Hasta ahora no pude hacerlo salvo casos excepcionalisimos (agencia 063 de Adrogué), pero tengo entendido por lo que me dijo un colega que ahora hay una resolucion interna nueva de AFIP que lo permite.
Gracias a todos por su ayuda.
 #394383  por anamaria83
 
Hola! Te cuento mi experiencia. No tengo conocimiento de la resolución, pero el año pasado le hice la jubi a una sra. que se había adherido a la 25865 pero que no la había cancelado. Para cancelarla, necesitaba $10000. Entre idas y vueltas (en AFIP Bahía Blanca), la jefa de Recaudación era la única que tenía conocimiento de que se podía dar de baja el plan sin haberlo pagado (el resto de los empleados decia que había que cancelar el plan) , justificando que iba a completar sus aportes previsionales con la moratoria 24476. Presentó multinota y listo. Suerte!
 #394416  por mirtalucia
 
anamaria83 escribió:Hola! Te cuento mi experiencia. No tengo conocimiento de la resolución, pero el año pasado le hice la jubi a una sra. que se había adherido a la 25865 pero que no la había cancelado. Para cancelarla, necesitaba $10000. Entre idas y vueltas (en AFIP Bahía Blanca), la jefa de Recaudación era la única que tenía conocimiento de que se podía dar de baja el plan sin haberlo pagado (el resto de los empleados decia que había que cancelar el plan) , justificando que iba a completar sus aportes previsionales con la moratoria 24476. Presentó multinota y listo. Suerte!
gracias por tu respuesta ana maria. Pero justamente ese es el problema que tengo: depender de un funcionario que se apiade de mi. Tenía entendido que hace poco salió una resolucion que permite el rechazo sin mas trámite y quiero invocarla antes de que me reboten.
 #396258  por anitas12
 
"Quisiera consultar si puedo cancelar una moratoria por ley 25865, sin pagar, a fin de iniciar jubilación por ley 24476.....depender de un funcionario que se apiade de mi. "

Ante una consulta por un caso parecido me contestó la mesa de ayuda del Afip que pidiera hablar con el funcionario de la Afip de Ayuda al Contribuyente. Basé mi petición diciéndole que la jubilación es un derecho constitucional y el no contar con dinero suficiente para abonar la deuda en el Afip no podía impedirle obtener la jubilación.
 #396476  por griseldas
 
hola estoy con un problema similar e hice la pregunta en el foro y como vi tu respuesta que hiciste la peticion quisiera saber q te contestaron si te hicieron lugar y si podes pasarme la nota gracias
 #396508  por anitas12
 
Hola. No hubo pedido escrito. Solo hablé en la agencia del Afip donde estaba radicada la cuit de mi cliente con el defensor del pueblo y le plantee la situación.
Mi argumento fue que la Afip podía reclamar a mi cliente los aportes impagos, si lo consideraba necesario, pero que no le impidiera el trámite jubilatorio a mi cliente.
 #397138  por griseldas
 
hola foristas aca de nuevo esto de la moratoria me tiene mal estuve viendo la resolucion 1624 y establece la caducidad de pleno derecho del plan a la falta de 6 cuotas consecutivas y este no se pago nunca ,que dicen uds.
 #397270  por inesla
 
hola, consultá con afip a esta dcción de mail, consigná el motivo en el asunto del mje y te responden muy amablemente:
previsionales(arroba)afip.gov.ar, coloco la palabra p/que salga bien en el foro, sds
 #397541  por griseldas
 
hola de nuevo como prometi paso a contarles q llame al 0810.... de afip y me dijeron q presente multinota invocando la resolucion 1624 para q apliquen la caducidad. Ojala le sirva a alguno solo si el q la presentò me puede decir q codigo uso porq no es ninguno de los q figunan al pie . gracias por todo
 #467391  por simoncitok
 
Si se puede anular moratoria 25865 cuando el origen de la misma se trate de la gestion de un beneficio previsional con o sin adhesion al regimen de Regularizacion Volunatria previsto por la Ley 24476.
Se solicita por una multinota,en la agencia de la afip que le corresponda al contribuyente de acuerdo a su domicilio fiscal, invocando la opcion "Baja de Plan por Agencia".
La baja se otorga solamnete si la moratoria se encuentra con situacion vigente y estado aceptado u observado y unicamente para los planes correspondientes a los impuestos 374 y 375
 #467470  por tita1955
 
Pero cuando hacen el càlculo de la liquidaciòn y quieren enviarla el sistema lo permite? Fijense.