El caso es el siguiente: dos personas que convivieron hace mas de 15 años juntos tienen un hijo menor de edad fruto de esta relación y el concubino tiene dos hijos mas mayores de edad, la casa en donde vivian solo con el hijo menor fue comprada por los dos concubinos. La compra-venta fue realizada con hipoteca por el saldo del precio a nombre de la concubina pero en la escritura se establece al concubino como codeudor lisa y llanamente por el total de la hipoteca, la cual ya fue cancelada. La pregunta es la siguiente: Pueden los hijos del causante reclamar la herencia, siendo que el dinero para comprar la casa lo aportaron los dos y que en la escritura figura el nombre del mismo como codeudor, pero mas no como propietario. A diferencia de un auto que se encuentra a nombre del causante el cual se dividiría en partes iguales por sus tres hijos. Pero la duda que tengo es sobre el inmueble, piensan que puedan alegar que el papa compro la mitad del inmueble con el fruto de su trabajo, desde ya muchas gracias, espero me sepan orientar, siendo diferente la historia si el causante no fuera mencionado en la escritura.
