juli80 escribió:yo pase a intervenir por la actora luego de haberse presentado la demanda, ofrecido prueba, corrido los traslados, etc, y ahora- estando en la etapa de produccion de prueba- pedimos audiencia x pericia caligrafica, se fijo fecha y citamos a los demandados . pero la perito no fue entonces no se hizo el cuerpo de escritura. Mi pregunta es: si el juez ordeno notificar a los demandados solamente. los citamos y comparecieron, pero no fue la perito, quien debe citarla?
Juli, interpreto que la parte oferente de la prueba pericial debe instar la producción de la misma >notificando a los testigos, peritos, etc la fecha y hora de las audiencias a realizarse ...
interpretaría que solicitaría nueva audiencia a los mismos fines y efectos que la designada
y notificaría por cedula al perito, etc ...