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  • VENTA DE USUFRUCTO. DUDAS

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 #457828  por gaston ramiro gonzalez
 
Buen día a todos. Antes que nada, aclaro que recién al comenzar a ver el tema que estoy analizando descubrí que el usufructo se puede vender. Sospecho que estoy ante una cuestión complicada y que va a ir para largo, por eso tal vez alguien me pueda sugerir cómo comenzar a buscar la punta del ovillo. Para eso una primera pregunta : Si Juan compra el usufructo de un inmueble dejando constancia que la " efectúa para sus hijos menores " ( a la vez que adquiere la nuda propiedad del mismo inmueble la sociedad JUAN S.A , cuyo presidente es Juan ), qué pasa cuándo estos hijos llegan a la mayoría de edad ?. Y en el caso de que ambas adquisiciones ( que fueron simultáneas )se hayan llevado a cabo durante el matrimonio de Juan, pero en el divorcio se haya declarado que no existen bienes, qué se les ocurre ? Aclaro que fue un divorcio por el 214 inc. 2º con presentación conjunta ( año 2000 ), pero para que tengan idea del descuelgüe de mi potencial clienta ( claro, la ex esposa de Juan ), una señora humilde y con escasa formación, ésta llega diciéndome que en realidad no sabía si estaba divorciada, sólo recordaba que " había ido una vez a firmar unos papeles a una oficina ". Así que creo estar ante una caja de Pandora. Y ne sé como empezar. Saludos.
 #458025  por chiqui79
 
Hola gaston.
primero. El usufructo es vitalicio o solo hasta la mayoria de edad de los menores????
segundo. si la compradora de la nuda propiedad es Juan SA lo que deberias ver es la parte ganancial de tu clienta en esa sociedad, es decir acreditando el caracter ganancial de la participacion de juan en la sociedad y en los dividendos. Asi pdorias reclamar su parte ganancial del capital social (si su constitucion fue durante el matrimonio) y la ganancialidad de los dividendos.
 #458259  por JoMarch
 
TE VA A RESULTAR DIFICIL PROBAR LA GANANCIALIDAD DE LAS ACCIONES.
USUALMENTE LAS TIENEN ANTES DEL DIVORCIO, LAS PASAN A UN TERCERO, SE DIVORCIAN Y SE LAS VUELVEN A PASAR.
Y NINGUN REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO TE VA A INFORMAR TENENCIAS ACCIONARIAS.
POR AHI AFIP EN VIRTUD DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES Y PARTICIPACIONES SOCIETARIAS PUEDE TENER INFORMACION
Y TAMBIEN EN VIRTUD DE LA RESOLUCION GENERAL 4120 QUE INFORMA SOCIOS Y ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES.
 #458266  por DAL
 
Atenti, que la transferencia de acciones se registra en un libro de accionistas, y si se registra, requiere asentimiento conyugal para la transferencia.
Por acá podés empezar a investigar tambien.
 #458681  por DAL
 
Si, y parte es porque no existe.
He visto anonimas que tienen más de 30 años en el mercado que no solo no tienen el libro, sino que hicieron transferencias de acciones y prendas y demás, sin siquiera haberlas emitido, el "papel" acción, no lo habían hecho. :roll:
 #458785  por gaston ramiro gonzalez
 
Gracias a todos por responder. Y por lo que veo,con la parte indivisa del inmueble que compró la sociedad no la voy a tener tan fácil, pero de todas formas por ahora me voy a poner a investigar un poco ( desde cero, ya que para mí es un tema absolutamente novedoso ). Con respecto al otro 50 % de la propiedad, y respondiéndole a CHIQUI79, la escritura ( de la que tengo una copia ), nada dice si el usufructo es vitalicio o hasta la mayoría de edad de los hijos ( de paso aclaro que ya son mayores ). Sólo el escueto..."manifiesta que la compra del usufructo la efectúa para sus hijos menores TAL y TAL, en virtud de la patria potestad que ejerce sobre los mismos ". Esta omisión aporta algo ? En todo caso, este usufructo es un bien que integraría la sociedad conyugal ? Y al respecto ( ya que sospecho que el inmueble en cuestión no es el único ), qué efectos tendría la manifestación de mi clienta en la demanda de divorcio acerca de que no existían bienes en la sociedad conyugal ? Les recuerdo que el divorcio fue una presentación conjunta, de la que , repito, esta mujer no podía recordar ni lo más básico ( de hecho, por increíble que parezca, no sabía si estaba divorciada o no ). Nueve años después, a instancias de una ex nuera, se le genera toda la intriga del caso. Esa manifestación le puede hacer perder algún derecho ? Plazos ? Como siempre les agradezco sus valiosos aportes. Saludos.
 #458920  por LUCIERNAGA
 
PORQUE NO TE PASAS POR IGJ, PEDIS EXPEDIENTE Y MIRAS SI CUMPLIO CON EL 1277 EN CESIONES QUE HAYAN HECHO, ?
SALUDOS
 #459001  por JoMarch
 
TAL CUAL DAL. MUY POCAS SA HACEN LAS LAMINAS O TITULOS REPRESENTATIVAS DE LAS ACCIONES.
ACA EN FISCALIA DE SANTA FE CREO QUE NO HAY QUE LLEVAR EL LIBRO REGISTRO DE ACCIONISTAS PARA EL TRAMITE DE REINSCRIPCION (CREO QUE ACA NO SE LLAMA REINSCRIPCION). ES MAS TAMPOCO LO HACEN. PORQUE ALGUNAS NO CERTIFICAN BALANCES ANUALES Y SE LOS PIDEN CERTIFICADOS, ASI QEU LO HACEN CADA TANTO!