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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #449796  por anamaria83
 
ema08 escribió:Si por favor decime con que formularios se paga. Es actividad de autonomo. y te pregunto: cuando debería pagarlo? hago el sicam los cargo y me sale deuda (que es lo que debe) ahora los pago antes de mandar el SICAM? a que fecha calculo los intereses? O es al reves...hago el SICAM, lo mando y pago capital e intereses segun lo que me muestra el SICAM???
El formulario a usar dependerá del periodo. Hasta 06/1994, F 799/E. Desde 07/1994 hasta hoy F 801.

Primero hacés el SICAM. Los intereses calculalos para el día que los pagues (usá la opción datos para el pago). Al turno llevás los pagos para respaldar el detalle de la deuda q va a salir con deuda en esos periodos.

Espero que se solucione pronto! saludos
 #450640  por ema08
 
Muchas gracias por las respuestas....voy a armar bien el SICAM y luego antes de pagar les consulto. Tengo más de 150 tramites iniciados y aprobados pero nunca me habia pasado esto. Estoy haciendo todo lo posible por la señora y no creo que sea como para un juicio de mala praxis. Puse toda mi diligencia en el caso (lo unico que no tuve en cuenta era el tema de los pagos que sean efectuados dentro del mes de fallecido el causante) He visto gente que ha cometido errores mucho mayores!!!
Tambien estuve viendo que quizas pueda aplicar la circular 03/08, tengo que estudiarlo bien. Despues les cuento.
 #450955  por Mauricia
 
Yo lo que hago en estros casos es deuda parcial, porque justamente esta para eso. Les cuento una pension que no llegaba, con moratoria le junte 21 años y 6 años tenia pagos de desde el 95 al 2000 como autonomo, yo le hice deuda parcial 24241 por los 3 años que le faltaban y que tenia impagos y pague con un solo formulario todo, cap e int., esta acordada y ademas no es la unica, hice varias similares ya que es la unica forma de obtener el beneficio seguro en estos casos sin tener que ir a los 55 y pruebas de sdm.
 #451424  por ema08
 
Perdon mi ignorancia..pero como se aplica eso de la deuda parcial??? porque entiendo que si no entras en la moratoria no estarias completando los 30 años que necesita, por lo menos en mi caso. Y asi es probable que me lo rechacen por no llegar a la regularidad.
 #451607  por Mauricia
 
Es facil: en datos para liquidacion pones deuda parcial y los periodos posteriores al 9-93 que queres comprar, la LEY APLICABLE ES LA 24241, liquidas, imprimis y pagas, luego volves a entrar en Sicam y haces la moratoria con 24476 lo que quieras comprar hasta el 9-93, liquidas y envias, pagas sdm, en el caso de que lo necesites y el dia del turno llevas las impresiones de la deuda parcial, mas la de 24476, mas los ticket de sdm (estos deben figurar en sica), y listo asi tenes los 30 años para las personas que no van con Esparza yo hice varias y es la forma tambien para extranjeras, justo hoy me salio una paraguaya acordoda.
 #451824  por ema08
 
La verdad muy buena idea esta de la deuda parcial. En la UDAI donde presento los tramites no aceptan SDM para pensiones pero lo de deuda parcial supongo que si.
Ahora pregunto...yo tendria que comprar con deuda parcial desde 09/93 al 09/98 mas o menos como es periodo prescripto ¿puedo cambiar la actividad a 401( albañil) o si o si tengo que respetarle la que el causante tenia 003 (ganadera)???? Porque si la puedo cambiar me sale mucho mas barato!!!
 #454133  por Mauricia
 
Para la deuda parcial tambien la podes cambiar, y para comprar yo compro del 3/00 para atras que es mas barato. Pero te reitero que hasta ahora solo lo hago con extranjeras todavia no lo hice con pensiones, pregunta en tu udai.