Estimados, recien estoy comenzando a dar mis primero pasos en la profesion y estoy necesitando aclarar unas dudas que me surgieron en el siguiente asunto.
A mi cliente le clausuraron la quiebra por falta de activo en el mes de mayo de 2005. La quiebra fue decretada en 2004. Ahora quiere recomenzar nuevamente su actividad comercial, por lo que me solicito que iniciara los tramites para rehabilitarlo. La quiebra todavia figura en el Veraz.
De acuerdo a información del juzgado comercial, el expediente fue derivado al fuero penal por presunción de quiebra fraudulenta. Fui a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de Capital Federal y me dijeron que el expediente todavía no les había sido remitido, lo que contradice al juzgado comercial donde me dijeron que el mismo fue derivado oportunamente al juez de turno. Por lo que presumo que el mismo se perdió. Igualmente esto no me preocuparía tanto ya que estos procesos penales por lo general no son iniciados.
Aqui comienzan mis dudas, no se como encarar el tema.
Estuve pensando presentar un escrito en el juzgado comercial para que declaren la reahbilitación del fallido, dado el cumplimiento de plazos del art. 236 de la Ley de CYQ y adjuntando certificado de reincidencia, pero no sé que consecuencias me puede llegar a traer.
Otra alternativa tambien sería tratar de enviar carta documento a Veraz para que no lo informen mas.
Desde ya les agradezco que hayan leido este post y si me pueden dar una mano mucho mejor.
Saludos a todos.
A mi cliente le clausuraron la quiebra por falta de activo en el mes de mayo de 2005. La quiebra fue decretada en 2004. Ahora quiere recomenzar nuevamente su actividad comercial, por lo que me solicito que iniciara los tramites para rehabilitarlo. La quiebra todavia figura en el Veraz.
De acuerdo a información del juzgado comercial, el expediente fue derivado al fuero penal por presunción de quiebra fraudulenta. Fui a la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de Capital Federal y me dijeron que el expediente todavía no les había sido remitido, lo que contradice al juzgado comercial donde me dijeron que el mismo fue derivado oportunamente al juez de turno. Por lo que presumo que el mismo se perdió. Igualmente esto no me preocuparía tanto ya que estos procesos penales por lo general no son iniciados.
Aqui comienzan mis dudas, no se como encarar el tema.
Estuve pensando presentar un escrito en el juzgado comercial para que declaren la reahbilitación del fallido, dado el cumplimiento de plazos del art. 236 de la Ley de CYQ y adjuntando certificado de reincidencia, pero no sé que consecuencias me puede llegar a traer.
Otra alternativa tambien sería tratar de enviar carta documento a Veraz para que no lo informen mas.
Desde ya les agradezco que hayan leido este post y si me pueden dar una mano mucho mejor.
Saludos a todos.
