Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Consejo para los que no tienen aun la edad para jubilarse

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #448505  por hugo2
 
alfu escribió:En mi caso yo pienso lo siguiente, la moratoria del 93 no se va a caer, pero si es probable que al llegar a la edad no tengan para abonar los 4 o 5 anos de contado que les quedan por fuera, entonces les sugiero que paguen el monotributo.
El monotributo es peligroso, porque presume una actividad autonoma y te pueden reclamar ingresos brutos.
 #448773  por dra. soledad
 
buenas!! yo les aconsejo como dicen otros colegas pagar la moratoria de contado y lo presento en anses como un reconocimiento de servicio. Ellos a los dos meses emiten resolucion de reconocimiento..y si completaron los 30 años cuando cumplan la edad van y se presentan con la resolucion y listo.
eso es para el caso que les falta pocos años.. porq hay quienes tienen el dinero y quienes no..
Entonces a quienes les falta muchos años o quienes nunca han agado les aconsejo que esperen a ver que pasa de acá a dentro de dos años... que guarden dinero.. salvo que tengan problemas de salud entonces les aconsejo el pago del monotributo..
espero les sirva..
 #448785  por jorfelli
 
Yo no veo riesgoso el pago de SDM.. si uno está pagando en tiempo y forma de aca a dos años o lo que sea el aporte se hace y QUE TE VAN A DENEGAR?? es como decir que pago monotributo y de aca a dos años no exista más el reg. y no me reconozcan ese aporte para la jubi..
distinto es SDM extemporaneo.. entra en juego intereses y demás que puede ser riesgoso..
 #448799  por alida76
 
Como se hace el pago anticipado por moratoria?? le compramos los años que hagan falta después del 93 que paguen en algunas cuotas y luego al momento de jubilarse esos años ya aparecerán en sicam con deuda cero y asi llegaríamos a los 30 años, es así o entendí mal???
 #450043  por valeria0407
 
Si les hacemos pagar Monotributo luego no podemos usar la Declaracion Jurada del art. 3 por el cese, no??? corrijanme si estoy equivocada.
Creo que lo conveniente es que ahorren o bien hacer la moratoria hasta el 93 y cuando tengan la edad completar con SDM.
 #450069  por mmendoza
 
dra. soledad escribió:buenas!! yo les aconsejo como dicen otros colegas pagar la moratoria de contado y lo presento en anses como un reconocimiento de servicio. Ellos a los dos meses emiten resolucion de reconocimiento..y si completaron los 30 años cuando cumplan la edad van y se presentan con la resolucion y listo.
eso es para el caso que les falta pocos años.. porq hay quienes tienen el dinero y quienes no..
Entonces a quienes les falta muchos años o quienes nunca han agado les aconsejo que esperen a ver que pasa de acá a dentro de dos años... que guarden dinero.. salvo que tengan problemas de salud entonces les aconsejo el pago del monotributo..
espero les sirva..
Dra. Soledad cuando optas por Reconocimientos de SErvicios en SICAM aplicas el art. 3 teniendo en cuenta obviamente la fecha en que cesarian los aportes o no se aplica?
gracias.