En Capital, necesito apelar una sentencia que declara caduca la instancia.
Tengo que apelar y fundar en el mismo escrito? Entiendo que no, creo que el único caso en que se hace es con relación a honorarios.
Apelo y una vez concedido el recurso tengo 5 días para fundar por qué no corresponde la caducidad?
Tengo que apelar y fundar en el mismo escrito? Entiendo que no, creo que el único caso en que se hace es con relación a honorarios.
Apelo y una vez concedido el recurso tengo 5 días para fundar por qué no corresponde la caducidad?
