Hola! Tengo una jubilación de la construcción y solo tengo, para probar los servicios, las libretas de aportes.
El problema es que algunos portes, al momento de cobrar el fondo de desempleo no están sellados por un banco porque los cobro en efectivo y siendo así me comentaron que ANSES toma esos aportes como servicios comunes, lo cual no me permitiría llegar a los 144 meses requeridos por la ley.
Tienen alguna idea de esa cuestión?
Otra pregunta. En el sicam uso el codigo 401 de albañiles o el 741 de constructores?
Gracias!
El problema es que algunos portes, al momento de cobrar el fondo de desempleo no están sellados por un banco porque los cobro en efectivo y siendo así me comentaron que ANSES toma esos aportes como servicios comunes, lo cual no me permitiría llegar a los 144 meses requeridos por la ley.
Tienen alguna idea de esa cuestión?
Otra pregunta. En el sicam uso el codigo 401 de albañiles o el 741 de constructores?
Gracias!
