estimados colegas, la semana pasada presente una jubialcion de un colega que aun no esta habilitado en la base de anses, les cuento que no tuve tiempo de revisarle el sicam porque me dijo que se lo habia hecho una contadora por lo que mas aun "dormi tranquila" la cuestion q cdo llego a anses me lo rechazan porque le figura deuda de 10/1993 a 06/1994, y como no tiene comprobantes de pago de ello, ahora que esty mirando el sicam queiro quedarme tranquila de los pasos a seguir: debo darle la baja al sicam o hay otro paso para evitar darle la baja? deberia aplicarle a esos periodos art. 1 ley 25321? mil gracias!!
Dale de baja y aplica la 25321 o como están prescriptos, la 14236
Controla cuando fué el último pago, por las dudas..
