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  • sicam rechazado por deuda periodo posterior 10/1993!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #437468  por Aimael
 
estimados colegas, la semana pasada presente una jubialcion de un colega que aun no esta habilitado en la base de anses, les cuento que no tuve tiempo de revisarle el sicam porque me dijo que se lo habia hecho una contadora por lo que mas aun "dormi tranquila" la cuestion q cdo llego a anses me lo rechazan porque le figura deuda de 10/1993 a 06/1994, y como no tiene comprobantes de pago de ello, ahora que esty mirando el sicam queiro quedarme tranquila de los pasos a seguir: debo darle la baja al sicam o hay otro paso para evitar darle la baja? deberia aplicarle a esos periodos art. 1 ley 25321? mil gracias!!
 #437532  por Aimael
 
leyendo en el foro encontre esto:

Prescripción Liberatoria .Ley 14236, Art.16: “las acciones por cobro de contribuciones, aportes, multas y demás obligaciones emergentes de las leyes de previsión social prescriben a los 10 años.
Si se prescriben meses, años adeudados, el efecto que tiene es que desaparece ese mes de aporte.
Se aplica este beneficio desde el 01/55 hasta el 02/1997.

Renuncia. Ley 25321, Art. 1°:”los trabajadores que completan los años de aportes y servicios requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieran o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos”. Si se renuncian meses, años adeudados, el efecto que tiene es que desparece ese mes de aporte. Se aplica este beneficio desde el 03/1997 hasta la actualidad.

Si es que solo se aplica desde 03/1997 entonces solo me quedaria por aplicar art. 16 14.236???? :shock:
 #437820  por lgaray
 
no, no
son siempre 10 años desde hoy hacia arriba. PRescripción decenal.
Eso que encontraste lo publicaron en el 4/2007 por eso dice "hasta el 3/97"

El ultimo pago lo ves en la Consulta de pagos del Sicam.

Te pregunto otra: tu amigo ¿ saco la historia previsional para ver si tenia aportes ?
Porque si así te entrego el Sicam :?
 #437907  por Aimael
 
`jaja siii la historia laboral la saco, jaja me rio para no llorar porq la que puso la carita en anses fui yo, entonces yo hoy podria aplicar la art. 16 ley 14236 hasta periodos 09/99? y de tener periodos posteriores podria aplicarle art. 1 ley 25321 desde 10/99 a la actualidad? o en su defecto aplicarle a todo art. 1 ley 25321, le mire en consulta de pagos y lo unico q tiene reguistrado como pago es la primer cuota del sicam este que me rechazaron. bue mil gracias Igaray siempre veo q colaboras con todos!!!!
 #437993  por lgaray
 
Aimael escribió:`jaja siii la historia laboral la saco, jaja me rio para no llorar porq la que puso la carita en anses fui yo, entonces yo hoy podria aplicar la art. 16 ley 14236 hasta periodos 09/99? y de tener periodos posteriores podria aplicarle art. 1 ley 25321 desde 10/99 a la actualidad?
ayyy no sé, al 16 nunca lo aplique. Yo le mando la 14236

o en su defecto aplicarle a todo art. 1 ley 25321,
aplicale la 25321, para tu trámite, es lo mismo
le mire en consulta de pagos y lo unico q tiene reguistrado como pago es la primer cuota del sicam este que me rechazaron.
no, no. Esa consulta de pagos no.
yo te digo la de la pestaña de la deuda, arriba donde dice
CONSULTAS / LIQUIDACION
Cuando abrís consulta te aparece una pestaña de pagos
entra ahí y fijate.

bue mil gracias Igaray siempre veo q colaboras con todos!!!!