Hola, antes que nada disculpen por la molestia. Mi papá realizó aportes como autónomo (308), cumplió 30 años y tres meses de aportes. Al realizar la liquidación mediante el SICAM, registra una deuda de $183 (posterior a 1994), la cual quisiera prescribirla con esos tres meses de aportes que realizó de más. Mi duda es la siguiente, al querer ingresar el Beneficio en "Situación de Revista", el sistema me permite optar entre tres opciones: "Art. 1 Ley 24.476", "Prescripción Ley 14.236" y "Dto. 1866/06 - Transf. Aportes". ¿Cuál es la opción que debo escoger?. Muchas gracias por la ayuda.
Primero fijate la composición de la deuda, no vaya a ser que sean centavos de varios meses y que se quede sin los 30 años si los sacás. Si te alcanza aplicá art 1 de 25321.
Por lo que vi en otro post no podés usar DDJJ pues cesó en 2009.
