Hola amigos del foro. Tengo una clienta cuyo marido acaba de fallecer y estaba jubilado. Ellos se habían separado de hecho hace muchos años, y el causal de la separación había sido el esposo ya que lo tuvieron que excluir del hogar por violencia familiar. En este caso la viuda al hacer el ADP ¿tiene que presentar las denuncias y orden del juez por lo cual se lo excluyo del hogar?. Tengo entendido que el señor nunca volvio a tener pareja. Y otra pregunta mas, despues de hacer el ADP, hay que pedir un turno para iniciar la pension o ya con el ADP presentando la partida de matrimonio atualizada queda iniciado?. Gracias. Espero sus respuestas.Sonia
Si no vivian juntos el adp no te lo van a hacer. No acreditan la relacion, solo cada uno en particular.
Luego pedis turno y ahi presentas la prueba, Si el culpable fue él, le van a dar la pensión, debes probar la culpabilidad del marido.
