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  • Cesion de derechos hereditarios

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 #393812  por vic
 
Hoy fui a hablar a este juzgado! Y me atendieron personalmente! la conclusione s que ¨: el juez de este juzgado es un gran procesalista y que lo hagan los demas juzgados no implica q nosotros lo hagamos" La unica forma de transmitirlo al hijo es con una donacion o vta!!!!!!!!!!!!!! Que bronca! no puede ser q las cosas sean según la suerte del sorteo del juzgado!
 #394022  por martinhm77
 
PObre tu cliente, o sea no terminará de pagar la sucesión que tiene que arrancar para la escribanía....
En fin, aquí tenemos una muestra de que los formalismos extremos muchas veces complican las cosas.... y los bolsillos!
Para mí sigue siendo ridículo, pero bueno, si te tocó lidiar con ese criterio hay que respetarlo.... Dios guarde a V.S.
Saludos
 #394603  por martinhm77
 
Hola Alan, te cuento que el año pasado me tocó inscribir dos inmuebles mediante cesion de derechos en una sucesion de 1985.-
Cuando presentamos a la cesionaria solicitando se autorice la inscripcion en el Registro, me hicieron notificar a los herederos... pero en este caso sabiamos quienes eran porque la cesion se hizo despues de iniciado el sucesorio.-
No se si es parecido a tu caso, pero a mi me hicieron notificar y estuve varios meses a las vueltas para ubicarlos porque la cesion era de 1987!, eran 4 (supersitite y 3 hijas) tome contacto con una, luego consegui unos telefonos y por suerte otra tenia un poder otorgado a una abogada del medio... pero fue un lío y me demoró bastante el trámite. No te quiero desmoralizar, pero a veces el derecho nos plantea estas cuestiones...
Saludos
 #394898  por Alan
 
Muchas Gracias por responder, el tema es que creo que esta gente(los herederos) viven en cordoba. Vere como hago...
 #406469  por fabidoc
 
una preguntita martin...vos decís que 3 hijas y la supèrstite hicieron una cesión de derechos,y luego el juez te pidió que las notificaras de la inscripción. Qué pasaría si alguna hubiera fallecido?
 #406585  por martinhm77
 
La verdad no sabria decirte... supongo que lo acreditaría con la partida de defunción y despues esperaría a ver que pasa... (o sea, a ver que pide el Juzgado)
Suerte
 #406609  por alquimista
 
CONSULTO: Pùede una abuela vender la unica propiedad que tiene a su nieta, cuando -aparte de la madre de esta- existen otras hijas? La venta se hizo hace cuatro años es la casa de la abuela mediante escritura publica e una escribania y por en precio irrisorio ($ 4.000), la abuela tenía 89 años y no estaba bien, no has constancias de acreditacion del precio de venta.
 #406746  por gerce
 
Hola tengo un tema parecido y tengo dudas en la manera de dirigirme.-
Fallece el dueño de un inmueble tiene un hijo y la esposa, por parte del hijo realizo una cesion de derechos hereditarios a favor de mi cliente (tercero), todavia no esta la declaratoria de herederos y no esta iniciada la sucesion, la persona fallecio hace veinte años, y por parte de la esposa confecciono un boleto de compra venta con certificacion de firmas ante escribano que piesnsan de esto? Saludos.-
 #432043  por madiab
 
Estimados colegas me llego el caso de un cliente que tiene dos hermanos. En la sucesion de la madre los tres son declarados herederos. Luego de la DH se presenta un tercero presentando cesion de derechos hereditarios por las 2/3 partes del unico bien que conforma el acervo hereditario, manifestando además que vive en dicho bien antes de inciada la sucesion.
Mi cliente está literlamente sin vivienda (vive de prestado) y queria habitar el bien ... obviamente ahora no puede.
Puedo solicitar la nulidad de la cesion de derechos ya que mi cliente como heredero no presto conformidad con la cesion??? o continuo con la sucesion y luego solicito division de condominio ... para vender esa propiedad y poder comprar otra para poder vivir??? Como veran soy nueva en el tema ...
 #432200  por martinhm77
 
madiab escribió:Estimados colegas me llego el caso de un cliente que tiene dos hermanos. En la sucesion de la madre los tres son declarados herederos. Luego de la DH se presenta un tercero presentando cesion de derechos hereditarios por las 2/3 partes del unico bien que conforma el acervo hereditario, manifestando además que vive en dicho bien antes de inciada la sucesion.
Mi cliente está literlamente sin vivienda (vive de prestado) y queria habitar el bien ... obviamente ahora no puede.
Puedo solicitar la nulidad de la cesion de derechos ya que mi cliente como heredero no presto conformidad con la cesion??? o continuo con la sucesion y luego solicito division de condominio ... para vender esa propiedad y poder comprar otra para poder vivir??? Como veran soy nueva en el tema ...
Los que cedieron supongo que fueron sus dos hermanos no?
No podés pedir la nulidad de la cesión, no hace falta que tu cliente haya dado la conformidad para ello, simplemente los cesionarios ahora ocupan el lugar del cedente... y si uno de ellos ocupa la propiedad, podes pedir que se fije cánon locativo o bien si no hay acuerdo entre todos para vender, pedir la venta judicial.-
esperá mas opiniones.-
Saludos
 #433486  por madiab
 
La fijacion de valor locativo puede ser una solucion. Pero ... que pasa si hicieron mejoras en la propiedad ... procede el reclamo de fijacion de valor locativo??? No existe compensacion??? Que tema ...
 #434465  por Lucasmas
 
BRENDITA escribió:coincido con el forista abogado_1987: con el inicio de la sucesión ya acompaño escritura de cesión, en la prov. de sta. fe la cesión debe hacerse antes de q se dicte la declaratoria para q en la DH. ya conste la existencia de la cesión. Si bien los libros dicen q las cesiones pueden hacerse x acta ante el Juzgado, en la práctica te exigen la escritura.
Amplio este comentario aplicable para la provincia de Bs As
la cesión de derechos hereditarios se encontrará con graves problemas si se pretende su inscripción registral pues la Disposición Técnico Registral 27 del 7/12/87 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires dispone en su artículo primero que "Sólo se procederá a la toma de razón de las cesiones de derechos hereditarios instrumentadas en escritura pública, rechazándose las actas judiciales o escritos presentados en el sucesorio con firma ratificada por el actuario".
 #435296  por paula78x
 
Necesito hacer una consulta Por favor, el tema es el sgte se trata de un matrimonio en el que muere la mujer, y se inicia la sucesion...tienen hijos y el padre decide cederles a sus hijos todos los derechos hereditarios y gananciales...el tema es que este padre tiene embargado el inmueble hasta que finalice un juicio civil...mi pregunta es....como afecta esto a los hijos??
Gracias a quien me pueda responder...