Hola colegas les consulto lo siguiente tengo un juicio ejecutivo cite a los demandados a comparecer no lo hicieron los declararon rebeldes, notifique la rebeldia, ahora que tengo que hacer?? adjunto la cedula y pido que se los cite de remate en rebeldia a los efectos de que opongan exepciones???.......si alguien tiene modelo lo agradezco
hum... ¿hace cuanto te recibiste de abogado?
no soy de la idea de agarrar casos donde no se cuales son sus pasos y donde tengo que preguntar constantemente como seguir...
como consejo te sugiero que pidas algunos expedientes ejecutivos asi ves los pasos, son sencillos pero no hay que subestimar los procesos, detras de un expediente hay un cliente que nos deposita su confianza y nos debemos a ellos.
con respecto a tu pregunta... si ya se hizo el mandamiento de intimacion de pago y citacion de remate y no comparecieron... y si ya notificaste la rebeldía del demandado... pues lo que corresponde es solicitar se dicte sentencia de remate, el demandado tiene 5 días para oponer excepciones desde que el oficial de justicia le llevó el mandamiento. fijate en el acta que se labró que abajo dice algo asi como "...cincos dias para que el demandado oponga excepciones...". o sea, ya está, se vencio el plazo... pedi sentencia.
suerte.
