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  • INTIMACION A JUBILARSE

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #430072  por petitium
 
hola a todos, nuevamente haciendo una consulta, tiene que ver con que si
un empleado tiene la edad para jubilarse puedo intimarlo (yo empleador) a iniciar los tramites y que comience a correr el plazo de un año? El me muestra un sijip en donde le faltan unos 5 años de aportes el empleador esta obligado a esperrar que complete los años de aportes aportes para intimarlo? o puede hacerlo jubilar pagandole la diferencia por la moratoria?
Tambien eesta la duda de si tiene aportes anteriorees al 70, que no figuran en la sabana. Tengo eentendido que solo se puede lograr tener eesos datos con un reconocimiento de servicios, pero como el empledo no quiere jubilarse no lo hace, ni aporta datos?
que puede hacer el empleador en eestos casos? hasta que momento debe emplearlo?
Deesde ya muchas gracias
 #430092  por chiqui79
 
si no reune los requisitos jubilatorios es improcedente la intimacion. Y el empleado no tiene obligacion de aceptar el pago de la moratoria. Tendras que esperar que reuna los requisitos. la jubilacion es un tramite personal en el cual el empleador no tiene nada que ver. Para que proceda la intimacion de la LCT debe cumplir los recaudos.
 #430233  por margarita1957
 
El empleador intima una vez cumplida la edad jubilatoria por ej los choferes a los 55 a en caso que la persona no tenga los aportes debe responder con Cd que no los reune,suerte!