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 #429636  por leon21
 
HOLA AMIGOS, HOLA COLEGAS
la pregunta seria:
estamos en una sucesion ab intestato y se quiere vender una propiedad, como debemos hacer para venderla por tracto abreviado??? como se hace???
desde ya gracias !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #429641  por martinhm77
 
Se denuncia el bien y se pagan los impuestos sucesorios como si se fueran a inscribir a nombre de los herederos, pero cambia en que luego de hechos los pagos se denuncia el nombre del adquirente y se solicita autortizacion al juez para vender por tracto.-
El juez autoriza la venta y luego interviene un escribano.-
Saludos
 #429765  por leon21
 
HOLA GRACIAS COLEGA,
entonces de que impuestos estamos hablando? de la tasa de justicia??? y tener el inmueble libre de deudas de municipio , rentas y aguas ??? o que seria??
graciasssssssssss
 #429774  por inmobiliare
 
Hola se refiere a los aportes a las cajas, honorarios, sellados de inscripcion en el registro d ela propiedad por lo menos asi es en Santa fe, y el escribano logico que necesita libre deuda para escriturar sino debe retener el monto pagado para abonarlos.
 #429873  por martinhm77
 
leon21 escribió:HOLA GRACIAS COLEGA,
entonces de que impuestos estamos hablando? de la tasa de justicia??? y tener el inmueble libre de deudas de municipio , rentas y aguas ??? o que seria??
graciasssssssssss
Hola, me refiero al impuesto de Justicia, a los aportes a Caja Forense y a los honorarios.-
Luego el sellado del RPI los pagará el escribano, que es quien va a hacer la inscripcion.-
Y logicamente, tambien va a necesitar los libre deuda, como dice el colega.-
Entonces luego de que se corra vista a Rentas y Caja (aca en mi Pcia no hace falta que figuren pagos sí o sí los honorarios en el expte, pero creo que en Bs As sí, por lo que veo en el foro) y te liquiden, debes acompañar los pagos realizados.-
Hecho eso, presentas un escrito que dice mas o menos así (firmas TODOS los herederos, obvio) ...."que habiendo prometido en venta el bien tal (datos del inmueble) a fulanito (nombre completo, dni, estado civil, domicilio, etc) venimos a solicitar a V.S, que autorice la transferecia del mismo mediante trámite de tracto abreviado, con la intervención del escribano tal... quien actuará previa aceptación del cargo"
Luego, si el juez aprueba la venta, listo, ahi termina lo tuyo. retirás el expte, y se lo alcanzás al escribano y el se arregla.-
Disculpa que anoche fui tan escueto, pero tenía sueño :lol:
Saludos, y suerte
 #430170  por Monykin
 
Tengo un caso similar, pero uno de los herederos es menor de edad, bah! tiene 19 años, falta poco, pero su madre y el unico hermano y èl inclusive quieren vender una propiedad. ¿como puedo hacerlo?
 #430234  por martinhm77
 
Hola, en ese caso hay que solicitar autorización judicial para vender la parte del menor, puede que lo acepten en el mismo expte corriendose vista al Asesor de Menores o bien tendrás que formar incidente.-
Saludos