Hola.
Les paso a comentar el problema que creo que se me viene.
Dos personas A y B consiguen sentencia de divorcio, presentaron un acuerdo de adjudicación del cual el juez se impuso y mando a armar el inventario, pero en el interin A quiere vender un auto y B accede a firmarle el 08 en aplicación del 1277 del C.c., y así lo hizo, permuto el auto poniendo plata arriba.-
Yo pregunto, cómo hago en el expte. para informar tal situación?. A alguno le paso algo similar?. Solo declaro que el Auto 1ero reemplaza al 2do denunciando precio de compraventa etc.-
gracias por contestar
Les paso a comentar el problema que creo que se me viene.
Dos personas A y B consiguen sentencia de divorcio, presentaron un acuerdo de adjudicación del cual el juez se impuso y mando a armar el inventario, pero en el interin A quiere vender un auto y B accede a firmarle el 08 en aplicación del 1277 del C.c., y así lo hizo, permuto el auto poniendo plata arriba.-
Yo pregunto, cómo hago en el expte. para informar tal situación?. A alguno le paso algo similar?. Solo declaro que el Auto 1ero reemplaza al 2do denunciando precio de compraventa etc.-
gracias por contestar
